A raíz de las tendencias económicas mundiales, de las que República Dominicana no podía quedarse al margen, surgió la propuesta de someter al Congreso Nacional un proyecto de ley para crear el denominado Código de Ordenamiento de Mercado.
Era una iniciativa de amplia cobertura, que incluyó disposiciones sobre la promoción de la competencia, aspectos sobre la competencia desleal, la protección del consumidor y de la propiedad intelectual.
Pero el Código como tal no fue aprobado; era demasiado ambicioso para la época en que fue sometido (1998), con el agravante de que la clase política no entendía mucho eso, además de que el Congreso Nacional era mayoritariamente de la oposición, casi absolutamente, para ser exactos.
En lugar del Código de Ordenamiento de Mercado, se aprobaron leyes individuales que dieron origen a instituciones como el Instituto de Defensa de los Derechos de los Consumidores (ProConsumidor), la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (Onapi), la Comisión de Defensa Comercial (CDC) y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia). Estas cuatro instituciones tienen una dependencia y vinculación directa con el Ministerio de Industria y Comercio.
Sobre estas instituciones, dos aspectos llaman poderosamente la atención: El primero es el referente al hecho de que ProCompetencia lleva años como una institución prácticamente sin funciones, debido a que la legislación que la crea dispone que el Consejo de cinco miembros que la integra presente una terna al Poder Ejecutivo para designar al Director Ejecutivo.
Aunque el Consejo tiene su presidente, la función operativa depende del Director Ejecutivo y mientras no sea designado, la institución, en términos efectivos, no funciona, no desarrolla la labor de defensa de la competencia sana para la que ha sido creada.
Pero esa institución lleva años recibiendo un presupuesto y tiene una cantidad de funcionarios devengando muy buenos salarios, pero sin desarrollar funciones más allá que la revisión de funciones, visitas a instituciones homólogas en el exterior y contactos sociales con entidades afines.
El segundo aspecto es el relativo a los salarios que devengan los empleados, especialmente funcionarios más altos de estas entidades llamadas a mantener un ordenamiento adecuado del mercado productivo, comercial y de servicios del país.
Las desigualdades son impresionantes: La Directora Ejecutiva de ProConsumidor devenga un salario de RD$187,000 mensuales; mientras que el presidente de la CDC tiene un salario de RD$200,000 cada mes. En tanto, el Director General de la Onapi recibe un sueldo de RD$325,820 mensuales.
Sin embargo, la presidenta de ProCompetencia, la única de las instituciones que no está funcionando, devenga un salario mensual de RD$500,000, es decir, medio millón de pesos, mucho más que los salarios que devengan los titulares de las demás instituciones vinculantes al ordenamiento de mercado.
No está demás decir que los demás miembros del Consejo de ProCompetencia también devengan salarios muy superiores, pues sobrepasan los RD$400,000 mensuales.
Esos salarios están activos, aún cuando la institución no desarrolla función alguna, está inactiva, en parte porque el Poder Ejecutivo no ha puesto mucha atención a su operatividad, pues ya el Consejo envió una terna para designar al Director Ejecutivo, y el Presidente de la República no ha procedido al respecto.
A esto se agrega en hecho de que todas esas instituciones son presididas como órgano superior, por el Ministerio de Industria y Comercio, cuyo titular, José del Castillo Saviñón, devenga un salario mensual de apenas RD$210,000 mensuales, de acuerdo con los datos oficiales publicados en sus portales de Internet.
Esas son algunas de las cuestiones que se supone debieron ser resueltas con la Ley sobre Ordenamiento Salarial en el Estado, pero que no se aplica.