A pesar del aumento en la decisión de muchas parejas de unirse o establecer una relación de manera informal o unión libre, y no por el contrato del matrimonio, los casamientos formales, aunque menos que antes, siguen siendo opción entre jóvenes que desean formar un hogar.
Sin embargo, la tendencia de los últimos tres años se ha inclinado la baja, pues en 2023 hubo 50,494 matrimonios formales asentados en el Registro Civil dominicano; para el 2024 la cantidad bajó a 47,842, y el pasado 2025 fueron 43,847, una reducción de -8.3% respecto al año anterior.
Así lo indican las estadísticas del Observatorio Nacional del Registro Civil de la Junta Central Electoral (Onarec-JCE), en donde se destaca que la ocurrencia de los divorcios, aunque menos el año pasado que en 2024, viene ganando espacio en proporción con los matrimonios formales.
Un ejemplo de ello es que hace una década, en 2016, por cada cinco matrimonios se registraron dos divorcios, para un indicador de 41.2%; en tanto que el año pasado la proporción fue de tres divorcios por cada cinco matrimonios, lo que resulta en un 59.1%.
Luego del descenso registrado, tanto en matrimonios como en divorcios durante el año 2020, a causa de la pandemia del covid-19, se notó un repunte en ambos renglones durante los años siguientes, especialmente entre 2021 y 2023. Pero en los últimos dos años la cantidad de parejas en intención de casarse viene bajando.
Promedio de una década
En los últimos diez años, desde 2016 hasta 2025, en República Dominicana se registraron 485,530 matrimonios, para un promedio anual de 48,553. En tanto que los divorcios ante el Registro Civil sumaron 253,160, un promedio de 25,316 cada año.
Eso indica que, en términos relativos, en la última década se ha divorciado el 52.1% de los que se han casado, con una tendencia de aumento, si se toma en cuenta que solo el año pasado la marca fue de 3 sobre 5, cuando antes era de 2 sobre 5.
Las cifras de la Onarec también muestran que durante los últimos diez años la proporción de matrimonios religiosos, tanto por el lado canónico como de otras sectas autorizadas, es de un 10.5%, es decir, de cada 100 matrimonios formales, poco más de 10 son de tipo religioso en distintas iglesias.
Católicos y otras sectas
A partir de la Constitución del año 2010 se estableció la posibilidad de que líderes de otras sectas religiosas, distintas a la católica, también puedan adquirir la autorización de la JCE para oficiar matrimonios legales con escritura en el Registro Civil dominicano.
Se trata de la Ley 198-11 aprobada un año después de la reforma constitucional, la cual, con su reglamento de aplicación, permite el matrimonio legal desde religiones distintas a la católica, siempre que se cumplan ciertas condicionalidades.
En el caso de los matrimonios canónicos, su legalidad se sustenta en el Concordato firmado por el Gobierno de República Dominicana con el Estado del Vaticano, vigente desde el 16 de junio del año 1954.
El año pasado la proporcionalidad de matrimonios religiosos indica que por cada cinco oficiados, tres fueron católicos y dos de otras denominaciones religiosas. Los datos muestran que las bodas católicas sumaron 3,081, mientras que las de otras religiones alcanzaron las 2,053 uniones.
Causas más frecuentes
Los indicadores estadísticos del Onarec señalan que casi el doble de los divorcios registrados el año pasado, y es una tendencia de años anteriores, fueron por “mutuo consentimiento”, mientras que alrededor de un tercio es por “causa determinada” y de manera específica lo que se conoce como “incompatibilidad de caracteres”.
En cuanto a los matrimonios, de manera específica en 2025 se registraron 43,847, de los cuales 3,081 fueron canónicos (7%) y 2,053 (4.6%) fueron de otras religiones. El restante 88.4% correspondió a matrimonios civiles.
Del lado de los divorcios, el mismo año se registraron 25,944, de los cuales 16,259 fueron por mutuo consentimiento (62.6%), mientras que otros 8,309 (32%) fue por incompatibilidad de caracteres y los 1,376 (5.4%) restantes fueron por otras causas.
Como su definición lo indica, el divorcio por mutuo consentimiento no requiere de muchos requisitos, pues ambas partes están de acuerdo con la separación. Cuando es por causa determinada o incompatibilidad, se requiere la demostración ante un juez de que la permanencia juntos es insostenible. Generalmente ese divorcio tarda más tiempo y el proceso resulta más costoso.
El concubinato también otorga derechos
En República Dominicana viene en aumento la tendencia de las relaciones de pareja en concubinato o unión libre, algo que, si bien no implica todos los compromisos de un matrimonio formal, sí establece determinados derechos, especialmente cuando se trata de una pareja con varios años de convivencia, al menos tres, y que han procreado hijos y adquirido bienes en conjunto.
Así, por ejemplo, en lo relativo a los derechos de la seguridad social, la pareja en unión libre o concubinato tiene los mismos derechos que si fueran casados, siempre que sea la persona registrada por el trabajador o trabajadora en su plan de cotización de salud y pensión.
Además, en caso de una separación, ya existen precedentes legales, de que se puede establecer una división de bienes, siempre que se demuestra que la pareja convivió junta, bajo un mismo techo, durante una cantidad de tiempo determinada.
Otros aspectos relativos a determinados derechos que sí contiene el contrato de matrimonio, no se aplican a la pareja en unión libre, pero si hay hijos en común, las condiciones y compromisos de sustento son prácticamente iguales.













