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Conep: “Hay amplias brechas para evitar la transparencia financiera en los partidos”

RedacciónPorRedacción
11 May, 2015
en Noticias
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El Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) consideró preocupantes las “amplias brechas dejadas en el proyecto de Ley de Partidos Políticos aprobado recientemente en la Cámara de Diputados”, pues a su entender evitan la transparencia financiera y la fiscalización de la Junta Central Electoral (JCE).

“Si hay un aspecto de gravedad y que no llena las aspiraciones del pueblo dominicano es el relativo al manejo de las finanzas de los partidos políticos”, afirma la organización empresarial en un carta enviada a la presidente del Senado, Cristina Lizardo Mézquita, el 6 de este mes, en la que lamenta tener que expresarle un contundente rechazo a la pieza aprobada en la Cámara Baja y que pasa ahora al Senado.

Rafael Blanco Canto
Rafael Blanco Canto

La carta, firmada por el presidente del Conep, Rafael Blanco Canto, expresa la preocupación de los sectores sociales, que entiende se ha multiplicado a raíz de diversas situaciones recientes que han puesto en primer plano del debate nacional la infiltración en las actividades políticas de dinero oscuro, proveniente de actividades ilícitas como la corrupción y el narcotráfico.

Por tal motivo, destaca, sería inaceptable que una Ley de Partidos aprobada en la coyuntura actual deje, de forma intencional, una brecha para la entrada de dinero cuya fuente no se pueda identificar.

“Nos causa alarma que en el proyecto se mantengan las llamadas -colectas públicas- sobre las cuales los partidos no tendrían la obligación de registrar o explicar y se rechaza que los partidos informen a la ciudadanía sobre la totalidad de sus fondos recibidos con base en la Ley de Libre Acceso a la Información”, se queja el Conep en la comunicación enviada a Lizardo Mézquita.

Cristina Lizardo Mézquita
Cristina Lizardo Mézquita

Señala que el sector empresarial, al igual que diversos sectores de la sociedad dominicana, alberga importantes inquietudes ante las reiteradas manifestaciones de deterioro institucional que evidencian los partidos políticos. De igual forma, dice, preocupa a los empresarios las cada días más frecuentes denuncias y hasta acusaciones de infiltración de dinero de dudosa fuente en el financiamiento de las campañas electorales.

“Nuestra legítima preocupación, como representación de una parte esencial de la sociedad dominicana, se sustenta en la íntima relación que existe entre la estabilidad democrática, el desarrollo sostenible y la paz social, las cuales requieren de un sistema de partidos coherente que con estabilidad, sea capaz de canalizar las aspiraciones sociales, políticas y económicas del país”, sostiene el Conep.

A continuación la carta:

6 de mayo de 2015
Santo Domingo, D.N.

Licenciada
Cristina Lizardo Mézquita
Presidenta del Senado de la República
Palacio del Congreso Nacional
Su Despacho.
Ciudad.-

Distinguida señora Presidenta:

Tengo el honor de dirigirme a usted con el propósito de manifestarle la inmensa preocupación y el rechazo de este Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) motivada por la reciente aprobación del Proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas por parte de la Cámara de Diputados, remitido recientemente al Senado de la República. Lamentamos tener que expresarle nuestro más contundente rechazo a la misma por las razones que expondremos a continuación.

El sector empresarial, al igual que diversos sectores de la sociedad dominicana, viene albergan-do importantes inquietudes ante las reiteradas manifestaciones de deterioro institucional que evi-dencian nuestros partidos políticos. De igual forma nos preocupan las cada días más frecuentes denuncias y hasta acusaciones de infiltración de dinero de dudosa fuente en el financiamiento de las campañas electorales.

Nuestra legítima preocupación, como representación de una parte esencial de la sociedad domi-nicana, se sustenta en la íntima relación que existe entre la estabilidad democrática, el desarrollo sostenible y la paz social, las cuales requieren de un sistema de partidos coherente que con esta-bilidad, sea capaz de canalizar las aspiraciones sociales, políticas y económicas del país. Es bien sabido, que cuando se deteriora el sistema de partidos, se produce un efecto a escala que deses-tabiliza las demás esferas de un país.

Luego de un profundo análisis hemos llegado a la conclusión de que de convertirse en ley ese proyecto, el país quedaría desprovisto de esa norma a que aspiramos todos, que fomente el desarrollo de partidos ordenados, institucionales y trasparentes. Estamos convencidos de que de adoptarse el precitado proyecto, tal y como le fuera sometido a ese honorable Senado, el resul-tado final que la sociedad obtendría sería la profundización de la opacidad en la que actúan los partidos políticos y haría más difícil que los órganos competentes, especialmente la Junta Central Electoral, puedan ejercer un efectivo control sobre las prácticas ilegales y distorsionadoras que predominan en la actualidad.

El proyecto aprobado lejos de constituir un avance institucional, reproduce y da permanencia a las debilidades que de hecho hoy existen en los partidos, dado que no corrige la falta de trans-parencia y rendición de cuentas en el manejo de los fondos; las escasas oportunidades de partici-pación de la mujer en el liderazgo de la vida político-partidaria; la falta de control de la ido-neidad de los candidatos propuestos por los partidos; el mantenimiento de influencias y posicio-nes de favoritismo en el aparato estatal; y la baja calidad de la formación política en su seno, entre otras.

Para fundamentar lo expresado, nos referiremos de manera específica a los aspectos que a nues-tro juicio resaltan mayor gravedad y ameritan profunda ponderación por parte del Senado de la República, a saber:

Eliminación de Incompatibilidades: En el proyecto aprobado se reitera la eliminación de la enumeración explícita de los cargos que son incompatibles con el ejercicio de la actividad político partidaria, contenida en el artículo 3 (los militares o miembros de las Fuerzas Armadas y la Poli-cía Nacional, así como los jueces del Poder Judicial. Tampoco podrán afiliarse a partido o agru-pación política los funcionarios del Ministerio Público, los Miembros y funcionarios de la Junta Central Electoral, del Tribunal Superior Electoral, y las Juntas Electorales), dejando a otras leyes la determinación de quiénes pueden o no dedicarse a dichas labores.

Dilución de Garantías de Democracia Interna: A lo largo del proyecto de ley se registran dispo-siciones que reducen los derechos de los afiliados o militantes de los partidos a involucrarse acti-vamente en los procesos de decisión sobre cuestiones técnicas, programas, candidatos y dirigen-tes, como ocurre en el artículo 21, numeral D, que vulnera los derechos al sufragio activo y pasivo (elegir y ser elegido), consagrados en nuestra Constitución en los artículos 75, numeral 2 y en el 74, numeral 1, al reducir el ejercicio del derecho de las bases de los partidos en los procesos de selección de sus líderes.
Perpetuidad de Liderazgos: En el proyecto aprobado se limita la renovación de los liderazgos a lo interno de los partidos y se concentran los poderes de control y decisión en sus órganos de di-rección, como aparecen en las modificaciones que introducen al artículo 22 y la eliminación del artículo 23 del proyecto de la JCE. Insisten, asimismo, en la eliminación de la obligación de que las elecciones internas en los partidos se realicen mediante un voto libre y secreto de los afiliados.

Mecanismos de elección interna oscuros: Se elimina el artículo 33 de la propuesta de la JCE que reza: “Las elecciones primarias internas son el instrumento que sustituye o son equivalentes a las asambleas de electores y de convenciones para la selección de candidatos o candidatas a ser postuladas a cargos de elección popular y constituyen un proceso de votación que debe tener lugar en la etapa final de la pre-campaña”, a lo que añaden en el artículo 34, proponiendo que “los partidos y agrupaciones políticas escogerán los candidatos a cargos de elección popular atendiendo a los mecanismos de selección que establezcan sus estatutos, sean asambleas de elec-tores, convenciones, congresos o elecciones primarias internas”, lo que deja al libre albedrío de las direcciones partidarias el establecimiento de las normas en este sentido y dejan fuera a la JCE en su función consultiva en esta materia, con lo que se mantiene la situación actual que propicia que dichas direcciones realicen impongan su voluntad en las decisiones sobre las elecciones inter-nas desconociendo la voluntad de las bases.

Persistentes problemas de los padrones: El Proyecto elimina la obligación de que los partidos le comuniquen a la Junta Central Electoral un duplicado del padrón del partido que debería mantenerse actualizado constantemente. Aún más, tampoco se establece una fecha para realizar dicha acción, dejando a discrecionalidad del partido su ejecución con las consecuencias que esto traería. Esto va muy de la mano con las modificaciones que se realizaron sobre el artículo 48, que otorgaría un marco y un plazo para exigir cuentas sobre las elecciones internas del partido, bus-cando evitar un hecho frecuente en la política dominicana, es decir, que se alarguen los conflictos partidarios sobre este tema.

Ausencia de compromiso con la participación orgánica de las mujeres: En contradicción con disposiciones de la Constitución de 2010, se reduce más que antes la participación y posición de liderazgo de las mujeres en los partidos, ya que queda eliminado el artículo 24. F de la propues-ta de la JCE que planteaba que es “obligatorio que los organismos de dirección nacional de los partidos estén compuestos e integrados por una representación no menos de un treinta y tres por ciento (33%) de mujeres. La presentación de candidaturas a cargos públicos electivos debe respe-tar la cuota electoral de la mujer consagrada en la Ley Electoral”. Con estas disposiciones queda consagrada en la ley una discriminación en la participación de las mujeres en la política, lo que es, como ya hemos advertido antes, una disposición no sólo inconstitucional, sino que atenta contra los tratados y compromisos internacionales asumidos por el país.

Amplias brechas para evitar la transparencia financiera y la fiscalización de la JCE: Si hay un aspecto de gravedad y que no llena las aspiraciones del pueblo dominicano es el relativo al manejo de las finanzas de los partidos políticos. La preocupación de los sectores sociales se ha multiplicado a raíz de diversas situaciones recientes que han puesto en el primer plano del deba-te nacional la infiltración en las actividades políticas de dinero oscuro, proveniente de activida-des ilícitas como la corrupción y el narcotráfico. Por tal motivo, sería inaceptable que una Ley de Partidos aprobada en la coyuntura actual deje, de forma intencional una brecha para la entrada de dinero cuya fuente no se pueda identificar. En tal sentido nos causa alarma que en el proyecto se mantengan las llamadas “colectas públicas” sobre las cuales los partidos no tendrían la obli-gación de registrar o explicar y se rechaza que los partidos informen a la ciudadanía sobre la totalidad de sus fondos recibidos con base en la Ley de Libre Acceso a la Información.

El proyecto de ley aprobado reiteradamente restringe las facultades de la JCE en esta materia, revistiendo especial gravedad lo siguiente:

1. Eliminación del numeral “J” del artículo 11 del documento de la JCE que propone que ca-da partido debe entregar “El presupuesto de ingresos y gastos del partido o agrupación política, cada año, hasta la fecha de las próximas elecciones generales, con indicación detallada de las fuentes de los ingresos, los cuales estarán avalados y certificados por un Contador Público Autorizado (CPA)”. Al parecer se trata que la sociedad no conozca quiénes han contribuido al financiamiento de las campañas de los partidos, lo que repre-senta un claro retroceso en el camino de la lucha por una democracia fortalecida.

2. Supresión del artículo 19.i del documento de la JCE que prohíbe “imponer o aceptar re-querimientos o deducciones de salarios a los empleados públicos o de empresas particula-res, aun cuando se alegue que son cuotas o donativos voluntarios”, lo que viola disposicio-nes del Código de Trabajo y que históricamente ha sido considerado un mecanismo irritan-te usado por los partidos en el poder de manera compulsiva.

3. Eliminación del párrafo III del artículo 53 de la propuesta de la JCE que “prohíbe el uso de recursos públicos provenientes de cualquiera de los poderes e instituciones del Estado, incluyendo los Ayuntamientos municipales, para financiar actividades de rentabilidad electoral particular, inclusive aquellas que se deriven de inauguraciones oficiales de obras construidas por cualquiera de sus instancias durante el periodo correspondiente a seis (6) meses antes del día de las elecciones generales convocadas para cualquiera de sus nive-les”. Lo mismo puede decirse de la eliminación del párrafo del artículo 61 que reza: “La Junta Central Electoral no podrá entregar ninguna partida que corresponda a un partido o agrupación política determinada, si este o esta no le ha presentado el informe semestral al que se refiere el presente artículo”.

4. Eliminación de la letra C del artículo 62 que plantea “Llevar un registro de contribuyen-tes, el cual contendrá los nombres y apellidos de los contribuyentes, así como la cédula de identidad y electoral, la dirección y el monto de la contribución. Este registro será visado por la Junta Central Electoral cuando lo considere pertinente”, así como del punto 4 del párrafo II del artículo 64 que enuncia: “Registro de contribuyentes, el cual contendrá los nombres y apellidos de los mismos, así como la cédula de identidad y electoral, la direc-ción y el monto del o los aportes y contribuciones”.

5. Eliminación del artículo 67 de la propuesta de la JCE sobre “Gastos permitidos”, con Fon-dos Públicos, lo que significa que si se convirtiera en ley el proyecto aprobado en la Cá-mara de Diputados, los partidos no tendrían limitaciones para gastar a su antojo y en lo que crean conveniente, los fondos cuyo origen son los impuestos de todos los dominicanos.

De igual forma, rebaja la obligación de los partidos de usar no menos del 25% de sus ingresos provenientes del Estado en actividades de formación de sus miembros y seguidores, contemplado en el proyecto sometido por la JCE, a solo el 10%.

Como hemos expresado insistentemente, el pueblo dominicano espera que el Estado adopte una ley de partidos que contribuya al control de la corrupción, la erradicación del clientelismo y el fortalecimiento de su democracia interna como base del ejercicio de la política. Existe suficiente consenso social de que esa ley debe propiciar el fortalecimiento de los mecanismos democráticos internos para la elección de sus autoridades, el fomento de una cultura de transparencia que im-pida que el crimen organizado encuentre un nicho en esas agrupaciones y la articulación de sis-temas que prevengan y sancionen la corrupción política pública y privada en la elección de fun-cionarios y representantes públicos, abriendo las puertas para que las mujeres y los jóvenes se integren en condiciones de equidad al ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

De igual forma, reiteramos nuestro criterio de que no basta con la aprobación de una ley de par-tidos, sino que es fundamental que se apruebe una ley de garantías electorales que regule todos los aspectos vinculados a las campañas, como la publicidad y los tiempos de campaña, y las fa-cultades generales de la Junta Central Electoral respecto del proceso electoral. Como sabe, esto fue algo que planteamos con bastante insistencia en nuestro encuentro con los diferentes líderes de los partidos políticos, a principio de año. Esperamos que esta petición pueda ser igualmente aco-gida por el Congreso.

Agradeciendo la atención que la presente pudiera merecerle, se despide con sentimientos de elevada consideración y estima.
Muy atentamente,

Rafael Blanco Canto
Presidente

RBC:rp

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