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¿Hace falta legislar en RD para proteger a familias y personas en casos de insolvencia?

El fondo solidario se alimentaría de los saldos de las cuentas abandonadas por sus titulares

Massiel de JesúsPorMassiel de Jesús
18 noviembre, 2020
en Destacado, Finanzas personales
La Onpeco, dirigida por Altagracia Paulino, detalla que con ese marco jurídico se le daría la oportunidad de que la persona deudora pueda mantener su crédito y posibilidades de continuar su desempeño económico, mientras repara sus deudas.  | Lésther Álvarez

La Onpeco, dirigida por Altagracia Paulino, detalla que con ese marco jurídico se le daría la oportunidad de que la persona deudora pueda mantener su crédito y posibilidades de continuar su desempeño económico, mientras repara sus deudas. | Lésther Álvarez

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La situación económica por la que atraviesa República Dominicana, producto de los efectos de la pandemia del covid-19, no solo ha provocado cerca de un millón de suspensiones laborales, sino que pone en evidencia el problema de endeudamiento e insolvencia familiar y personal de muchos dominicanos.

Es frecuente cuando una persona adquiere bienes y servicios mediante el sistema de crédito, el cual es asumido de buena fe, pero que, por causas como pérdida de empleo, enfermedad de alto costo o cualquier evento fortuito no pueda pagar la deuda contraída, el acreedor le embargue inclusive hasta lo que tenía para sobrevivir dignamente. Esta situación podría causar, en distintos casos, daños psicológicos y de sostenibilidad.

Por esta razón diversas entidades, encabezada por el Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (Onpeco), abogan por que en el país se legisle para proteger a las familias y personas en caso de insolvencia, tal cual sucede con las empresas que se declaran en quiebra o insolventes por razones de fuerza mayor.

El anteproyecto busca que “las partes deudoras y acreedoras se puedan sentar en una mesa de negociación, en una situación de equilibrio, amparadas por la ley, y que mediante un marco administrativo y legal que provean los poderes públicos, puedan renegociar sus deudas”.

La Onpeco, dirigida por Altagracia Paulino, detalla que con ese marco jurídico se le daría la oportunidad de que la persona deudora pueda mantener su crédito y posibilidades de continuar su desempeño económico, mientras repara sus deudas.

Para la directora ejecutiva de la Fundación para la Defensa de los Derechos del Consumidor (Fundecom), Cándida A. Gil Mateo, esta esta iniciativa que ha sido ejecutada en varios países de la región trata de ir en auxilio de aquellas personas o familias que por causas ajenas a su voluntad y aún con buena intención de pago no pueden cumplir sus obligaciones con el acreedor, pero que anhelan tener alternativas.

“Es ahí donde se debe buscar otras alternativas de forma conjunta, de manera que éste pueda reestructurarse en sus finanzas, educarse financieramente si fuera necesario, para poder seguir como sujeto de derecho en el sistema económico del país”, sostiene Gil Mateo.

Aclaró que este proyecto no trata de apañar a personas consumidoras deudoras acostumbradas a usar “trapisondas jurídicas” para incumplir con sus creadores, sino que también que también serían ponderadas dichas aberraciones jurídicas.

“…Vendría a ser como una ley que establecería el equilibrio y equidad entre sectores que con esas otras leyes se ha querido violentar, lo que es contrario rotundamente al tan mencionado estado de derecho que avala nuestra carta magna”, puntualizó.

El anteproyecto, entregado el pasado martes al presidente de la Cámara de Diputados, establece que la renegociación de la deuda tiene un límite de dos años, tiempo en que la persona deudora deberá reponerse y reasumir su compromiso y deuda contraída.

La entidad defensora de los consumidores pide que la iniciativa que busca también ir en auxilio de las micro, pequeñas y medianas empresas afectadas sea declarada de urgencia.

Fondo solidario

La propuesta también establece la creación de un “Fondo de Solidaridad para Resolución de Insolvencias”, el cual sería manejado por la Superintendencia de Bancos para auxiliar a la parte más vulnerable, previa evaluación de su situación entre el deudor y el acreedor.

Ese fondo se alimentará de los saldos de las cuentas abandonadas por sus titulares, las cuales administra el Banco Central, conforme a lo que establece el Código Monetario y Financiero de la República Dominicana; del Fondo de Solidaridad Social y de los fondos de pensiones no cobrados por los sobrevivientes del Sistema Dominicano de la Seguridad Social.

La primera instancia para la renegociación de las deudas será el Instituto Nacional para la Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor), cuya Ley número 358-05, en su artículo 55, establece mecanismos para la renegociación de las deudas entre acreedores y consumidores.

Archivado en: COVID-19Endeudamientoinsolvencia familiar
Massiel de Jesús

Massiel de Jesús

Massiel de Jesús, periodista coordinadora de finanzas personales. Se ha especializado en periodismo de investigación, datos, economía, medioambiente y turismo. Es egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD); cuenta con una maestría en Marketing Digital y Redes Sociales, de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA). Ha trabajado para varios medios impresos de circulación nacional en República Dominicana.

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