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Laboral

La regulación del teletrabajo en República Dominicana es más necesaria tras el covid-19

El diputado Orlando Jorge Villegas propone proyecto que incluye remuneraciones por uso de las TIC en los hogares

María del Carmen GuillénPorMaría del Carmen Guillén
6 mayo, 2021
en Laboral
Santo Domingo
Orlando Jorge Villegas, diputado del Distrito Nacional por el Partido Revolucionario Moderno (PRM). | Lésther Álvarez

Orlando Jorge Villegas, diputado del Distrito Nacional por el Partido Revolucionario Moderno (PRM). | Lésther Álvarez

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Igualdad salarial, respeto de horario, derecho a desconexión, oportunidad para cambio de modalidad y medición de rendimiento son algunos de los aspectos que contempla un proyecto de Ley que busca regular el teletrabajo en República Dominicana, metodología que se ha incrementado producto de la pandemia del covid-19.

La iniciativa legislativa, sometida por el diputado Orlando Jorge Villegas, tiene como objetivo organizar las condiciones para que las empresas y los colaboradores que opten por este tipo de jornada laboral puedan tener un estándar de condiciones específicas y salvaguardar los derechos y deberes de ambas partes.

Jorge Villegas explicó que las condiciones del Código de Trabajo dominicano para trabajo presencial deben ser las mismas para la jornada a distancia que involucre la utilización de tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

“Los derechos tradicionales que consagra el Código Laboral tradicional también los tienen los teletrabajadores y este es el primer punto que esta ley establece. Destacamos tres modalidades de contrato una a tiempo completo, otra parcial o mixta y el contrato temporal”, pactado de manera voluntaria, dijo.

Planteó que el confinamiento social para evitar la propagación del virus provocó que muchas empresas con estándares tradicionales migraran a plataformas tecnológicas para seguir operando, lo que garantizó cierta estabilidad productiva, pero, al mismo tiempo, abrió paso a una metodología de trabajo que no estaba contemplada en el Código Laboral, pese a que existía en algunas localidades del país.

El proyecto está diseñado para regular a nivel nacional las condiciones y proveer los medios conciliatorios para determinar responsabilidades de carácter individual y colectivo previo a un acuerdo entre trabajadores y empleadores, bajo modalidad a distancia.

Remuneración

El diputado de la Circunscripción uno del Distrito Nacional considera que las empresas deben entregar a sus colaboradores las herramientas necesarias para realizar su trabajo y, en caso de que el teletrabajador utilice sus instalaciones TIC y otros servicios domiciliarios, debe ser tomado en cuenta.

“Si el colaborador estará utilizando los servicios del hogar se debe destinar una remuneración económica para solventar el gasto en el que incurre para llevar a cabo sus funciones como el uso de energía eléctrica, acceso a internet y red de comunicación telefónica, entre otros servicios”, detalló.

Aclaró que el teletrabajo no es lo mismo que el trabajo remoto y que el proyecto está destinado únicamente a lo que involucre la utilización de las TIC para llevarlo a cabo. Cada empresa tiene sus propias realidades y deberá evaluar las características de sus funciones para incluirla dentro de sus modalidades de jornada laboral.

Riesgo laboral

El teletrabajo o trabajo a distancia tiene un largo tiempo existiendo en el país, pero sus condiciones no están en la Ley 16-92 del Código de Trabajo, promulgada en 1992.

El legislador comentó que parte de la importancia de conocer y debatir la pieza que busca organizar y conciliar los intereses de las partes involucradas en el teletrabajo en el país es establecer los reglamentos para respuestas ante cualquier accidente laboral, aunque la persona esté laborando desde su casa.

“Nuestro Código Laboral es obsoleto para la sociedad en la que vivimos en el día de hoy y yo pienso que se debe comenzar el proceso para la modificación de ese Código ambiguo que rige una sola modalidad laboral”, explicó.

Defendió la iniciativa como una ley aparte, porque de proponer una modificación al Código Laboral podría “dormir el sueño eterno” por la complejidad que conlleva.

Parte de la motivación que lo llevó a crear el proyecto de ley, que incentiva la inclusión de personas con alguna condición física, fue el incremento de trabajo no presencial y el auge de las tecnologías.

Indicó que para elaborar el proyecto se reunió en varias sesiones con el ministro de trabajo, Luis Miguel de Camps, para determinar algunas estipulaciones que deben prevalecer en el Proyecto de Ley que busca organizar las condiciones en que se llevan a cabo ese tipo de empleos.

Jorge Villegas informó que la pieza sometida esta avanzada en el Congreso y que incluye algunos aspectos planteados por la diputada Lourdes Serulle, quien había elaborado una propuesta similar que fue adherida a su Proyecto de Ley por la Comisión de Trabajo y en mutuo acuerdo.

“ya está a tiro de hit para ser presentada al pleno de la Cámara de Diputados. Nosotros lo sometimos a principio de marzo y ya el equipo encargado se apodero del documento, está en la mesa del dialogo”. Luego se presentaría al Senado donde culminaría el proceso de la Comisión Nacional, explicó.

En cuanto a la receptividad, indicó que el documento ha tenido una buena aceptación, ya que el sector laboral lo requería para regular un tipo de trabajo que se ha convertido en una necesidad a nivel internacional.

Herramientas tecnológicas

Todo lo relativo a herramientas y mobiliario de trabajo están incluidos en el proyecto de ley porque forman parte de los elementos esenciales para que el colaborador realice su labor de una manera óptima, informó Jessica Muñoz, consultora legal.

Sostuvo que la pandemia trajo un ensayo a gran escala del teletrabajo. “Esta práctica improvisada demostró la capacidad de las empresas y de las personas para potencializar ese tipo de trabajo en el país”.

Muñoz explicó que dentro de los 36 artículos que conforman el Proyecto de Ley se encuentra el riesgo laboral está contemplado y adecuado dentro de las normativas que regularían el trabajo a distancia con herramientas digitales y que dotar a los empleados de los equipos necesarios es un mecanismo de evitar algunos accidentes en el hogar.

Argumentó que tras los efectos de la pandemia muchos empleadores y empleados han interpretado que el teletrabajo, por ser desde el hogar, no tiene un horario especifico. Pero tener la oportunidad de desconectarse luego de cumplir con las asignaciones es uno de los derechos que se encuentra en el documento.

“Hay una distorsión de lo que es el teletrabajo cuando tu domicilio para trabajar es la casa. Estamos consagrando el derecho a desconexión y en caso de que se requiera laborar horas extra se le deben reconocer y remunerar económicamente”, dijo la consultora legal.

Archivado en: COVID-19Teletrabajoteletrabajo en República Dominicana
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María del Carmen Guillén

Periodista del periódico elDinero. Egresada de la Universidad Dominicana O&M. Temerosa de Dios, solidaria, entregada y persistente. Además de bailar, disfruta leer y conversar sobre temas de actualidad.

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