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Desacertada propuesta de modificar la Ley 87-01 sobre las AFP

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
24 March, 2022
en EconoLegales
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A Winston Churchill se le atribuye haber dicho que “la democracia es el peor sistema de gobierno, a excepción de todos los demás que se han inventado”, como forma jocosa de señalar que, a pesar de todos sus defectos, el sistema democrático es mejor que cualquier alternativa. Algo similar nos pasa con las administradoras de fondos de pensiones (AFP) en República Dominicana, las cuales, a pesar de ser muy criticadas, constituyen un elemento positivo para el desarrollo del país y sus ciudadanos.

El pasado de 17 de marzo fue presentado un proyecto que tiene por objeto modificar la Ley 87-01 que rige el sistema de seguridad social en República Dominicana. A modo muy general, los sistemas de pensiones suelen ser un modelo de aportes definidos (el actual en la República Dominicana) o de beneficios definidos.

En el primer sistema, cada persona aporta una determinada cantidad de dinero por cierta periodicidad y goza de una cuenta individual en la cual se acumulan los aportes y los retornos de las inversiones realizadas, a ser distribuidos cuando la persona llega a cierta edad. En el segundo sistema, el aportante -típicamente una empresa o el Estado- le garantiza a cada ciudadano afiliado una determinada suma de dinero mensual luego de que adquiera la edad de retiro.

Para muchas personas, el segundo sistema, de beneficio definido, es el sistema preferido, pues “garantiza” un cierto nivel de ingreso. Sin embargo, esto suele ser un espejismo, pues al final del día, estos programas requieren que aquellas personas que están contribuyendo sus impuestos hoy paguen los beneficios y pensiones de aquellos que ya se encuentran en estado de retiro y, en la práctica, se genera un déficit fiscal importante. Esta ha sido la experiencia a nivel mundial una y otra vez.

En cambio, el sistema de aportes definidos conlleva la responsabilidad individual de cada cotizante, quien puede colocar el mínimo requerido por la normativa o más, si desea ahorrar para su retiro a través de esta herramienta. Se critica que este esquema no “asegura” que una persona logre un determinado nivel de ahorros para su retiro, sino que depende de la diligencia y las decisiones de cada quien para lograrlo. Pero, ¿porqué una persona debe cargar con la decisión de otra de ahorrar menos para su retiro?

Desde el punto de vista económico, el sistema de beneficio definido conlleva el consumo de ahorros e inversiones para solventar un gasto corriente, el pago de estas pensiones, en vez de inversión a largo plazo. En cambio, el sistema de aportes definidos conlleva la inversión de los fondos captados a largo plazo, lo que redunda en beneficios para la economía.

El proyecto de ley recientemente presentado ante la Cámara de Diputados es una desacertada propuesta, ya que retrotrae nuestro sistema de pensiones a un viejo esquema que ya había sido probado en el país y a nivel internacional, y ha sido un fracaso. Nos debemos enfocar en mejorar el sistema que tenemos, que aunque no es perfecto, ha demostrado que aporta al desarrollo socioeconómico del país.

Archivado en: AFPfondos de pensiones
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