Con el objetivo de prevenir que los territorios privados y del Estado sean ocupados de manera irregular, el presidente de la República Luis Abinader ordenó a la Policía Nacional a crear una unidad especializada para la persecución y sometimiento de aquellos que incurran en estos delitos.
En el caso de que los ocupantes sean extranjeros, el decreto 668-22 instruye a la Dirección General de Migración a ejecutar su expulsión del país e “impedir, de manera definitiva, a personas en estas circunstancias a ingresar nuevamente” a República Dominicana, así como notificar la decisión al consulado correspondiente a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
En el artículo 5 del documento emitido, se establece la creación de un registro especial para que los extranjeros que hayan ocupado territorios del Estado o de propiedad privada y hayan sido deportados “no puedan optar jamás por ningún tipo de visado, ni en calidad de turista o de residente”.
El decreto se ampara en el artículo 128, numeral 1, literal K de la Constitución de la República, que establece que el presidente “puede hacer arrestar o expulsar, conforme a la ley, a los extranjeros cuyas actividades fueren o pudieren ser perjudiciales al orden público o a la seguridad nacional”.
Otro de los considerandos indica que las autoridades dominicanas tienen información de que “determinados ciudadanos extranjeros incurren en acciones perturbadoras del orden público, particularmente en la ocupación ilegal de terrenos privados y del Estado dominicano”.