• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Versión Impresa
Portada de Versión impresa #558
elDinero Mujer
Portada de Edición impresa #034
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
    • Encuestas
  • Ediciones impresas
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
    • Encuestas
  • Ediciones impresas
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
Inicio
Finanzas

DGII explica que retención del 2% Itbis se aplica desde el año 2004

La medida está establecida en el Acuerdo de Apoyo para la implementación de las Normas Generales 6-04 

RedacciónPorRedacción
22 mayo, 2025
en Finanzas
Santo Domingo
La normativa establece una excepción para los comercios afiliados cuya actividad principal esté exenta del Itbis.

La normativa establece una excepción para los comercios afiliados cuya actividad principal esté exenta del Itbis.

Whatsapp
Facebook
Twitter
Telegram

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) explicó que la retención del 2% del impuesto sobre transferencia de bienes industrializados y servicios (Itbis) del pago con tarjetas de crédito y tarjetas de débito se aplica desde el año 2004.

En ese sentido, la DGII informa a los contribuyentes que en fecha 3 de noviembre del 2004 fue emitida la Norma General 8-04, sobre Itbis, que instituyó como agentes de retención a las compañías de adquirencia respecto del 30% del impuesto generado en las transacciones realizadas en los establecimientos afiliados, a través de tarjetas de crédito o débito.

Posteriormente, mediante el Acuerdo de Apoyo para la implementación de las Normas Generales 6-04 (sobre transparentación del Itbis en transacciones realizadas a través de tarjetas de crédito y débito) y 8-04, celebrado entre la DGII y la Organización Nacional de Empresas Comerciales (ONEC), en fecha 13 de diciembre de 2004, se acordó que las compañías de adquirencia retuvieran a las empresas comerciales miembros de la indicada organización, únicamente el 2% por concepto de Itbis, aplicable al monto de cada transacción efectuada por medio de tarjetas de crédito y tarjetas de débito, en lugar de la retención establecida en la referida Norma General 8-04.

A pesar de que el citado Acuerdo de Apoyo indicaba que la implementación de la retención establecida en la Norma General 8-04 (es decir, el 30%) iniciaría a partir del primero de mayo de 2005, en la actualidad, se mantenía la aplicación del porcentaje de retención indicado en el aludido acuerdo (es decir, el 2%).

Por consiguiente, se procedió a adecuar el documento normativo, a fin de incorporar en sus disposiciones el monto de retención del 2% de la transacción que efectivamente opera en la práctica desde el año 2004, objeto principal de la Norma General 06-2023, manteniéndose como agentes de retención y percepción del Itbis a las compañías de adquirencia e incorporando a los agregadores de pago y entidades de pago electrónico, último en virtud de resolución emitida por la Junta Monetaria, que aprueba la modificación integral al Reglamento de Sistemas de Pago, de fecha 29 de enero de 2021.

Asimismo, dicha normativa establece una excepción para los comercios afiliados cuya actividad principal esté exenta del Itbis. De conformidad con el artículo 5 de la Norma General 06-2023, están exentos de esta retención únicamente aquellos contribuyentes registrados en el RNC con estatus activo y cuya actividad económica corresponda a la venta de bienes o prestación de servicios exentos.

Esta retención del 2%, que se aplica desde hace más de 20 años, no es un tributo adicional, sino un pago anticipado del Itbis, el cual puede ser utilizado por el contribuyente para disminuir el impuesto que resulte en su declaración mensual mediante el formulario IT-1.

Verificación del cumplimiento de la normativa por parte de las empresas de adquirencia

Como resultado de procesos rutinarios de verificación, la DGII identificó 30,529 comercios afiliados a empresas de adquirencia que fueron indebidamente exceptuados de la retención del 2%, al ser clasificados erróneamente por dichas empresas como actividades exentas o que no estaban debidamente formalizados. La mayoría de las empresas de adquirencia ha implementado correctamente la retención, ya que el 75% de los casos fueron identificados en solo una empresa.

Durante los encuentros sostenidos con las empresas de adquirencia involucradas, se constató el uso de criterios desactualizados y contrarios a la normativa vigente para clasificar a los comercios como exentos. En virtud de lo anterior, la DGII otorgó un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que estas entidades corrijan dicha situación y ajusten sus procesos conforme a lo dispuesto en la citada Norma General 06-2023.

La DGII exhorta a los comercios afiliados que consideren que no les corresponde esta retención a solicitar una certificación de exención en la Administración Local que le corresponda y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de autorizar la no aplicación de la retención del 2% del Itbis.

Archivado en: DGIIITBIS

Otros lectores también leyeron...

La DGII recaudó RD$75,011.9 millones durante agosto de 2026.
Finanzas

Recaudación de la DGII aumenta un 6.6% en agosto de este año con más de RD$75,000 millones

3 octubre, 2026
Urrutia indica que algunos de establecimientos fiscalizados han sido objeto de revisión por parte del Ministerio de la Vivienda.
Noticias

DGII sobre comercios chinos: “Estamos fiscalizando, pero no estamos para complacer a alguien”

10 septiembre, 2026
Hablemos de seguros

La DGII y el Intrant violan el Artículo 161 de la Ley 63-17

10 septiembre, 2026
Los ingresos fiscales recaudados por la DGII entre enero y agosto representaron el 77.7% del total percibido por las oficinas recaudadoras del Estado.
Finanzas

DGII recauda RD$671,866 millones entre enero-agosto de 2026

8 septiembre, 2026
Los ingresos fiscales recaudados por la DGII entre enero y agosto representaron el 77.7% del total percibido por las oficinas recaudadoras del Estado.
Finanzas

DGII informa que ha emitido más de 2,000 millones de Comprobantes Fiscales Electrónicos

17 agosto, 2026
La ley impide a la Administración Tributaria cambiar la naturaleza de un bien para lograr una mayor recaudación.
Finanzas

La DGII no puede ser subjetiva para cobrar más impuestos

6 agosto, 2026
Siguiente publicación
La pieza legislativa fue sometida al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo.

Senado aprueba fusión de los ministerios de Hacienda y Economía

Las más leídas

  • República Dominicana duplica importación de pollo en cuatro años; producción local crece 52.6%

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Muere el magnate haitiano Gilbert Bigio, dueño de una empresa de combustibles en República Dominicana

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Gobierno tomará prestados RD$464,126 millones para cubrir presupuesto del 2027

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Valdez Albizu se reúne con delegación de funcionarios del FMI

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Morosidad de tarjetas de crédito se redujo en el último año, de acuerdo con la SB

    compartidos
    Compartir
    Tuit

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2026 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Encuestas
  • Newsletter

© 2015 - 2026 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #553