La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió la resolución DDG-AR1-2026-00001, mediante la cual aplicó un ajuste por inflación al valor máximo establecido para la calificación de las viviendas de bajo costo y al monto exento del impuesto a la transferencia inmobiliaria para las personas que adquieren su primera vivienda a través de fideicomisos de este tipo.
El documento detalla que el valor máximo para la calificación de viviendas de bajo costo y el monto exento del impuesto a la transferencia inmobiliaria para los adquirientes con préstamos hipotecarios tiene un valor máximo de RD$5,450,851, con un incremento de RD$257,195 respecto al límite vigente en 2025, que era de RD$5,193,655.
La disposición aplica a los proyectos habitacionales desarrollados mediante fideicomisos de vivienda de bajo costo y constituye un requisito esencial para que los compradores puedan acceder a los incentivos fiscales previstos en la Ley 189-11, que regula el mercado hipotecario y el fideicomiso en el país.
Asimismo, estas viviendas están concebidas para facilitar el acceso a un hogar propio a familias de ingresos medios y bajos, con precios regulados por el gobierno mediante topes que se actualizan anualmente según la inflación. Estos proyectos incluyen incentivos fiscales, planes y bonos que compensan el Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) y financiamiento preferencial.
El documento establece que solo las viviendas cuyo precio de venta no exceda los RD$5.4 millones podrán ser clasificadas como de bajo costo, condición indispensable para acceder al bono vivienda.













