[dropcap]L[/dropcap]a Cámara de Diputados levantó la contundente voz de rechazo de sectores productivos, como el industrial y el turístico, al aprobar y enviar al Senado un proyecto que modifica la Ley 139-97 sobre días feriados, con el objetivo de que sean celebrados sin importar el día de la semana que caigan, el natalicio de Juan Pablo Duarte, Reyes Magos y la conmemoración de los trabajadores del 1 de mayo.
El diputado del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD) Juan Julio Campos Ventura, quien presentó el proyecto, asegura que la pieza tiene un “espíritu sencillo” y solo busca que el 26 de enero se festeje el natalicio de Duarte, padre de la Patria, ideólogo y prócer, “a quien debemos la nación” y para que el Día de los Reyes Magos (6 de enero) “los padres puedan compartir en familia con sus hijos”. “La gran mayoría votó (a favor), si votaron en contra fueron muy pocos”, dice.
Explica que Fidel Santana, del Frente Amplio, incluyó que también sea inamovible la conmemoración del Día del Trabajo (1 de mayo).
Santana aclara, sin embargo, que hizo la propuesta porque “el Día del Trabajo es una conmemoración universal de los obreros”. Además, que la Cámara de Diputados debatió que se pudiera mover la celebración del 6 de noviembre, Día de la Constitución, a lo cual se opuso.
La Ley 139-97, del 19 de junio de 1997, se aprobó producto de una propuesta impulsada por el exdiputado Pelegrín Castillo que buscaba organizar la jornada laboral o estudiantil y, de paso, controlar lo que los dominicanos conocen popularmente como “puente” (ausentismo a clases o al trabajo en un día previo o posterior a un feriado).
La legislación vigente establece que se podía mover para el lunes (precedente o siguiente) la celebración de los feriados que caigan martes, miércoles, jueves y viernes.
El texto vigente permite “mover” la celebración del Día de Reyes, Natalicio de Duarte, Día del Trabajo, Día de la Restauración (cuando no coincida con la toma de posesión de un gobernante), Día de la Constitución (6 de noviembre).
Declara de “alto interés nacional el incremento de los índices de producción y productividad” y estimaba que un día laborable aportaba entonces con bienes y servicios unos RD$400 millones al producto interno bruto (PIB).
La propia ley dice en un párrafo del artículo 4: “Cuando el 1º de mayo, Día Internacional del Trabajo coincida con el día domingo, de la semana, su carácter no laborable tendrá vigencia el lunes siguiente”. Pero deja fuera de su ámbito de aplicación seis días de celebraciones de carácter religiosos: Nuestra Señora de La Altagracia (21 enero), Las Mercedes (24 de septiembre), Navidad (25 de diciembre) y Corpus Christi, así como jueves y viernes santos.
Amplio rechazo
Para Joel Santos, presidente de la Asociación de Hoteles y Turismo de República Dominicana (Asonahores), se trata de un error el proyecto “a quemarropa” de los diputados, razón por la que espera una reconsideración en el Senado.
“Eliminar los fines de semana ‘largos’ es una puñalada a la posibilidad de que los dominicanos puedan disfrutar de las instalaciones turísticas y disfrutar el progreso del turismo”, dice Santos. “La presencia de dominicanos en los lugares turísticos es un punto muy positivo porque se encargan de promocionar los destinos cuando los conocen y el turista extranjero entiende que el local es el que más conocimiento tiene de sus centros”, dice.
“Las empresas, los negocios y la sociedad, también se benefician de esta planificación económica, reducen el ausentismo laboral y promueven el turismo interno y el descanso de las personas”, sostiene Asonahores.
Recuerda que en septiembre de 2014 Yuderka de la Rosa introdujo una propuesta similar a la de Campos Ventura, pero, aunque los diputados la aprobaron, el Senado la descartó. “Si el Senado aprueba la reforma dispuesta por la Cámara de Diputados, de los 10 días feriados incluidos en la ley sólo se podrían trasladar dos (16 de agosto y 6 de noviembre)”, dice.
Además de la Asonahores, cuestionan la modificación de la Cámara de Diputados, la Asociación de Industrias de República Dominicana (AIRD) que estima que la movilidad en la celebración de feriados resulta “positiva para el país, por lo que debe ser mantenida e incluso debería contemplarse la posibilidad de ampliarla a otras fechas que podrían ser movibles”.
La vicepresidenta de la AIRD, Circe Almánzar, sostiene que “el hecho de que se muevan feriados a los días continuos al fin de semana, no impide que las festividades se conmemoren en las fechas establecidas oficialmente, como se hace en la mayoría de los países”.
“La Ley (vigente) favorece la productividad continua, las interrupciones de la semana laboral se organizan mejor, favorece a los trabajadores y su descanso e incluso favorece la integración familiar, a la vez que fortalece la posibilidad del desarrollo del turismo interno”, dice Almánzar. También el vicepresidente ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), César Dargam, entiende que la propuesta “no aporta nada” y que, por el contrario, “crearía una distorsión” en caso de ser aprobada por el Senado.
Como el Conep, la Asociación Dominicana de Zonas Francas (Adozona) rechaza el texto aprobado por los diputados sobre los feriados. “Nuestra función como entes observadores del desarrollo del país, es el de impulsar y mantener un ambiente de negocios estable, y a la vez contribuir con el bienestar de nuestros empleados y de la población en general”, recuerda su vicepresidente, José Manuel Torres, en un comunicado.
La Academia de Historia la atacó
El exdiputado Pelegrín Castillo considera que el Congreso Nacional propina “un duro e injusto golpe al turismo interno y familiar” al declarar “inamovibles” varios feriados. “Si se ha generado confusión con las fechas no es por la ley, sino por su inobservancia: la ley manda la celebración de eventos en la fecha que corresponde en los centros de educación y de trabajo públicos y privados”, dice. “Eso no se ha cumplido. Siempre esa ley ha tenido oposición de ciertos intereses del alto comercio, aunque favorece ampliamente la producción y la productividad”, enfatiza. Explica que varios países del continente tienen leyes similares a la 139-07, la cual “se concibió para evitar que por lo menos 7 fechas de fiestas provocaran interrupciones en el ritmo laboral-productivo o educativo”.
La Ley vigente sufrió un revés el 20 de febrero de 2008, con la sentencia número 14 de la Suprema Corte de Justicia. El tribunal, presidido entonces por Jorge Subero Isa, declaró inconstitucional que el texto dispusiera conmemorar la Restauración de la República en una fecha distinta al 16 de agosto. Los jueces atendieron un recurso presentado por la Academia Dominicana de la Historia, encabezada entonces por Emilio Cordero Michel.
La entidad alegó que la ley impulsada por Pelegrín Castillo contravenía el artículo 98 de la Constitución (de 2002), el cual establecía: “Los días 27 de febrero y 16 de agosto, aniversarios de la Independencia y la Restauración de la República, respectivamente, son de Fiesta Nacional”.