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La reclasificación de las empresas

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
13 June, 2019
en EconoLegales
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La reclasificación de las empresas toma una nueva importancia debido a varias discusiones a nivel nacional sobre temas de interés que incluyen el ajuste de los salarios del sector privado. Para entender la discusión que se ha suscitado, es primordial tener una visión del marco jurídico que rige la materia.

De acuerdo al propio Gobierno central, las micro, pequeña y medianas empresas (mipymes) “son la columna vertebral de la economía nacional [y] conforman la inmensa mayoría del tejido empresarial dominicano, son la fuente principal de generación de empleos y juegan un rol clave en el desarrollo económico y social del país”. Es por esto que, en el año 2008, fue aprobada la Ley 488-08, que estableció un régimen regulatorio para el desarrollo y fomento de las mipymes.

Esta ley, respecto de la cual hemos comentado en entregas anteriores, estableció una serie de disposiciones y facilidades para las mipymes, con miras a permitir su crecimiento y formalización. Esta ley fue modificada en el año 2017, mediante la Ley 187-17, la cual estableció el criterio de reclasificación de empresas, el tema actualmente en la palestra pública.

La Ley 488-08 establece una serie de mejoras en materia regulatoria e incentivos para las mipymes, incluyendo asistencia técnica y otras facilidades que promueven la creación de empleos. Conforme a la modificación de 2017, se estableció de manera taxativa que las instituciones gubernamentales encargadas de promover las mipymes “deberán utilizar la clasificación por tamaño” para los fines de los incentivos bajo la ley. En este mismo sentido, la Ley 488-08 requiere que las empresas que accedan a estas facilidades estén dotadas de una certificación de registro empresarial, el cual tiene una duración de 1 año, para los fines antecitados.

En fin, para dar acceso a las facilidades de la ley, se requiere que las mipymes se encuentren reclasificadas de acuerdo al mandato de la misma ley, conforme a su modificación de 2017. Por ende, la solicitud de proceder con la reclasificación le conviene al país, para permitir que los emprendedores y pequeñas empresas puedan acceder a los beneficios establecidos por esta, hasta ahora, prácticamente inoperante ley.

Para incentivar el desarrollo del país y la creación de buenos empleos, es necesario el respeto al marco jurídico y el cumplimiento de los mandatos de ley. Ignorar las disposiciones legales por conveniencia sectorial es una receta para estancar el progreso nacional, por lo que se hace necesario proceder a la reclasificación empresarial, tal como manda la ley, cuanto antes, e independientemente de cualquier otra discusión paralela respecto a temas de importancia nacional.

Archivado en: reclasificación de las empresas
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