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ProCompetencia y el caso del pan

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
24 June, 2021
en EconoLegales
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La reciente y abrupta escalada de precios a nivel mundial -que nos ha afectado de manera importante en nuestro país, pero no es exclusivo a este- ha desatado preocupación por una potencial ola inflacionaria. Sin entrar en detalles, queda claro que el aumento generalizado de precios se debe a una escasez y retraso en la producción de materiales de insumo para productos, principalmente, como consecuencia de las medidas tomadas para luchar contra el covid-19.

En República Dominicana hemos empezado a vivir y sentir estos efectos de primera mano. No queda la menor duda de que los precios en diversos rubros aumentarán en los próximos meses mientras se reestablecen las cadenas de logística mundial.

Es importante iniciar ratificando la premisa de que en una economía de libertad de mercado, los productores tienen plena libertad de fijar los precios de los productos que venden. Lo que procura la legislación de defensa de la competencia es, a groso modo, prevenir que los productores tomen acciones concertadas (es decir, se pongan de acuerdo) respecto al precio que cobrarán por su bien o servicio, algo que iría en desmedro de la libre competencia y del consumidor.

En nuestro país, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, mejor conocida como ProCompetencia, tiene la función de velar y sancionar los casos en que los productores actúan de manera conjunta para fijar precios. Estas acciones son prohibidas por la ley, como lo deben ser, por las razones ya expuestas.

Recientemente, ProCompetencia emitió un extraño comunicado, haciendo alusión a un anunciado aumento del precio del pan. En este caso, la asociación de productores de pan había hecho pública su decisión de que, de manera concertada, se aumentaría el precio del pan a nivel nacional.

Sin embargo, en vez de abrir una investigación sobre lo que pudiera parecer una práctica colusiva -admitida por las propias partes- ProCompetencia advirtió “que se abstengan” de realizar estas prácticas e invitó a “dichos gremios y sus miembros para discutir la adopción de medidas oportunas que beneficien la rentabilidad de sus operaciones sin contradecir los principios de competencia”.

A pesar de que se pudiera considerar como una iniciativa loable, no es una atribución de ProCompetencia mediar entre sectores y gremios para velar por su rentabilidad, ni por ningún otro elemento. Este organismo tiene una función de investigación y, en casos de que se comprueben las faltas, sanción ante la violación de preceptos de libertad de competencia.

Nuestro país necesita de autoridades que estén comprometidas con aplicar las leyes y normas existentes de manera justa, equitativa y en base a evidencias comprobadas. En cambio, no es favorable para el clima de negocios del país, ni para la seguridad jurídica, que cualquier entidad sancionadora vaya más allá de sus atribuciones normativas, aun cuando su intención sea buena.

En el caso de ProCompetencia, como de otras entidades estatales, lo que la sociedad exige es que apliquen la ley en su justa medida, y ante situaciones como el caso del pan, se proceda de conformidad con lo que ésta requiera.

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