Fue aprobada la Ley 163-21 o Ley de Fomento del Mercado de Valores, que promueve la emisión de acciones por parte de empresas privadas y públicas.
Esta Ley declara de interés nacional el fomento y desarrollo de la oferta pública de valores como mecanismos de financiamiento para la dinamización de la economía nacional.
El mercado de valores de República Dominicana se ha ido convirtiendo gradualmente en un importante financiador del desarrollo económico y social. Sus valores en custodia superan actualmente los 32,000 millones de dólares. Sin embargo, no tenemos una sola emisión de acciones.
Gracias a la Ley 163-01 será posible que cualquier persona o grupo pueda convertirse en accionista de otra empresa a través de un mercado público de acciones. Empresas dominicanas deberán asumir la decisión de hacer públicas informaciones suficientes para que potenciales inversionistas decidan si participan o no participan como accionistas. Las empresas pueden confiar en el nuevo marco jurídico y dejar de lado, poco a poco, su preocupación por abrir sus libros al escrutinio público.
En República Dominicana, al día de hoy, no existe una empresa que cotice en bolsa, que haya emitido acciones de oferta pública en el mercado. Un país con un PIB proyectado al cierre del 2021 de 90,000 millones de dólares, y un PIB per cápita que ronda los 8,000 dólares, llama la atención al observar la región que cuando países han alcanzado este PIB per cápita, ya han tenido al menos 20 empresas cotizadas en bolsa y un mercado de acciones en funcionamiento.
República Dominicana cuenta con un mercado con valores que tiene en custodia montos que superan los US$32 billones. Sin embargo, no hay una sola emisión de acciones. Esta es una situación que los principales jugadores del mercado han tratado de resolver desde hace años. Precisamente, la Ley 163-21, junto con otros trabajos que se hicieron en paralelo con la participación activa de todos los miembros del mercado, viene a resolver entuertos fiscales, creando incentivos y supliendo reglamentos y plataformas operativas para permitir la evolución del mercado accionario.
Elementos clave de la Ley
A continuación, algunos elementos clave de esta Ley que las empresas han de tomar en cuenta y que contribuyen a acceder al Mercado de Valores con confianza.
Objetivo. La Ley 163-21 declara de interés nacional el fomento y desarrollo de la oferta pública de valores como mecanismo de financiamiento para la dinamización de la economía nacional, con énfasis especial en la emisión de acciones de compañías privadas y públicas en el mercado de valores de la República Dominicana.
Incentivos que propone la ley. Durante sus primeros tres años de vigencia, la Ley exonera a las sociedades cotizadas en bolsa del impuesto del 1% por aumento de capital cuando vayan a emitir acciones nuevas. Asimismo, durante ese mismo periodo, la Ley reduce al 15% la tasa de Impuesto sobre la Renta aplicables a las ganancias de Capital generadas por el vendedor de una acción cotizada en bolsa.
Trabas o dudas que soluciona esta ley
La Ley elimina la retención del 1% del precio por concepto de anticipo al impuesto sobre la renta aplicable a la potencial ganancia de capital que pudiera generar la venta de acciones, lo cual facilita su comercialización.
El comprador de una acción cotizada en el mercado de valores no asume ninguna responsabilidad solidaria de cara a los compromisos fiscales correspondientes al vendedor de la misma o a la propia sociedad emisora de la acción. Esta excepción no aplica en el caso de que el comprador de la acción participe en la administración de la sociedad o tenga el control de la misma.
Además, esta normativa aclara que, independientemente de que el precio de una acción cotizada en bolsa aumente de forma significativa en el mercado, nunca se generará ganancia de capital en cabeza de su propietario hasta el momento en que este la venda.
Otros temas importantes
La Ley amplia el periodo de exención del pago del impuesto de transferencia inmobiliaria para los fondos de inversión a 6 años con el objetivo de promover especialmente el desarrollo de mercado de Fondos Inmobiliarios los cuales tienen un potencial extraordinario de proveer liquidez a empresas que se encuentran en pleno desarrollo.
La ley aclara que la suscripción o adquisición de valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores, tanto para la inversión a través de vehículos de inversión colectiva, como las realizadas desde o hacia cuentas bancarias o de corretaje de un mismo titular, no están sujetas al pago del impuesto sobre la emisión de cheques y transferencias electrónicas.
En República Dominicana es necesaria la educación concientización y motivación del empresariado, especialmente sobre el proceso de expansión del sector que puede desprenderse de la aplicación de esta Ley, como ha ocurrido en otros países emergentes.
Las empresas tienen una puerta para expandirse y consolidarse, inclusive convirtiéndose en exportadoras a mercados desarrollados y para internacionalizarse a través de nuevos proyectos en otros países o de adquisiciones. La diversificación puede potencializarse, pues las empresas tendrían acceso a negocios de altos requerimientos de capital a largo plazo.