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¿Reforma de la Procuraduría General de la República?

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
10 February, 2022
en EconoLegales
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La necesidad de contar con un sistema de administración de justicia robusto e independiente, tanto desde la Procuraduría como de la judicatura, es un clamor constante de la sociedad dominicana. Recientemente, se ha planteado la propuesta de una reforma a la Constitución para modificar aspectos relacionados con este tema, la cual merece ser discutida.

La Procuraduría General de la República es un órgano que se sitúa dentro del Poder Ejecutivo, y el nombramiento del titular, así como los principales subalternos, depende de un decreto del Presidente de la República. La función esencial de este órgano es realizar las investigaciones de lugar y formular cargos, cuando sea apropiado, contra quienes infringen la ley, así como llevar estos procesos en representación del Estado. Además, y de manera accesoria, es administrador de las cárceles.

Entre varios otros interesantes aspectos que son mencionadas en la propuesta de reforma, que también deberán ser revisados en su momento, se plantea el cambio de la nomenclatura de Procurador General a Fiscal General. Se propone también similares cambios en las denominaciones de los subalternos al término Fiscal.

El anteproyecto plantea que la Fiscalía General de la República tendría a su cargo “la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad”, y el nombramiento y la carrera de sus integrantes estarían regulados por ley. El mismo anteproyecto establece varias condiciones y elementos respecto a la independencia de los integrantes de este órgano, para procurar que no sean actores políticos ni estén sesgados en sus acciones.

En sentido general, entendemos que es positivo que se especialice y establezca de manera clara lo que deben ser las funciones de una Fiscalía General, principalmente de velar por la correcta aplicación de la política de persecución de las transgresiones legales en el país. Sin embargo, la reforma debe ir más lejos: se debería separar la investigación de los crímenes y delitos (que actualmente lo hacen de hecho tanto la Policía Nacional, la Procuraduría y otros órganos especializados, de manera paralela) y también eliminar la supervisión de las cárceles por parte de la Fiscalía General.

Un aspecto que pudiera ser debatido es la propuesta de que el Fiscal General sea designado por un período único e inamovible de seis años. Como se puede apreciar, este período va más allá del período del mandato constitucional del Presidente de la República.

Lo que esta disposición procura es que el Fiscal General no se vea afectado o sujeto a presiones políticas por un partido u otro, pues podrá actuar con independencia durante este tiempo. Sin embargo, la otra cara de la moneda es que se pudiera entender que el Presidente, quien tiene a su cargo hacer valer las normas legales en el país, no tendría la oportunidad de designar o remover el principal oficial subalterno encargado de esta tarea.

Sin lugar a dudas, es necesario plantear la revisión y actualización de aspectos normativos relacionados a la Procuraduría para asegurar que sea independiente y que contemos con un sistema legal fuerte. Esta propuesta de reforma es un buen punto de partida para la discusión.

Archivado en: Procuraduría General de la República
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