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Cobro efectivo del impuesto sobre la renta a los asalariados

Esteban Delgado Por Esteban Delgado
17 febrero, 2022
en La Escuela Económica
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La Norma 04-2022 que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) decidió posponer para su aplicación a partir del 2023, debido a presiones del Colegio Médico Dominicano (CMD), tiene el objetivo de aumentar las recaudaciones del impuesto sobre la renta (ISR) de los empleados formales, sin incrementar las tasas establecidas.

Ocurre que, de acuerdo con disposiciones legales, cuando una persona tiene más de un empleo formal, debe designar a un agente de retención único para los descuentos del ISR. Por ejemplo, suponga que usted tiene dos empleos, uno donde gana RD$50,000 y otro donde gana 40,000, su deber es designar al empleador donde tiene mayor salario para que sea quien le haga la retención impositiva por los dos salarios, con lo que se calcularía su ingreso total por RD$90,000.

Pero, ¿qué diferencia hay si cada empleador hace las retenciones de manera individual? Ahí está el detalle. Sucede que las retenciones del ISR en los salarios son escalonadas. A mayor ingreso más alta es la tasa de retención, por lo que, cuando se unifican los dos salarios, el monto a pagar es mayor.

Veamos esto con base a la tabla de retenciones vigente, pero la calcularemos mediante el ingreso mensual y no anual, para un mayor entendimiento.

Las personas que devengan un salario de hasta RD$34,685 mensuales están exentas del ISR. Los que están entre ese monto y hasta RD$52,027 mensuales pagan un 15% del excedente de RD$34,685.

Los que ganan entre RD$52,027 y RD$72,260 mensuales pagan el 20% del excedente de RD$52,027 más RD$31,216 divididos entre los 12 meses del año.

Los que devengan más de RD$72,260 mensuales pagan el 25% del excedente de ese monto más RD$79,776 divididos entre los 12 meses del año.

Entonces, supongamos que usted tiene dos empleos, uno de RD$20,000 y otro de RD$30,000. Si cada empleador le reporta de manera individual, usted no paga ISR, porque ambos salarios están por debajo de RD$34685. Pero si ambos salarios son sumados y uno de los dos empleadores hace la retención, entonces su ingreso es de RD$50,000 y pagaría el 15% del excedente de RD$34,685, que son RD$15,315, es decir, su ISR sería de RD$2,297 mensuales.

Otro caso. Suponga que usted tiene dos salarios de RD$34,000 cada uno. Estaría exento de pago en cada reporte individual, pero al tener la obligación de designar un agente de retención único, se suman los dos montos y su ingreso resulta en RD$68,000. Entonces, le tocaría pagar el 20% del excedente de RD$52,027, que son RD$15,973, equivalentes a RD$3,194, más la doceava parte de RD$31,216, que suma RD$2,601, para un total de ISR por RD$5,795 mensuales.

Se puede dar el caso de dos empleos en donde un sueldo está exento, por ejemplo, RD$34,000 mensuales, y otro paga impuestos, RD$60,000 mensuales. En ese caso, con reportes individuales, usted solo paga por el segundo salario el 20% del excedente de RD$52,027, que son RD$7,973, para RD$1,594 mensuales, más la doceava parte de RD$31,216, que son 2,601, con lo que el ISR pagado es de RD$4,195 mensuales.

Sin embargo, con un único agente de retención, se suman los dos ingresos, que totalizan RD$94,000 mensuales, lo cual le obligaría a pagar el 25% del excedente de RD$72,260, que son RD$21,740, equivalentes a RD$5,435 más la doceava parte de RD$79,776, que son RD$6,648, con lo que el monto de ISR a pagar sería de RD$12,083, casi el triple de lo pagado en forma individual.

Un último ejemplo es de alguien con dos sueldos, donde ambos son gravables: RD$50,000 de un lado y RD$68,000 de otro lado. En el primer caso, su pago de ISR es de 2,297 y en el segundo es de RD$5,795, para un total de RD$8,092 mensuales.

Pero si se unifican esos dos salarios, el ingreso es de RD$118,000, por lo que el monto a pagar sería el 25% del excedente de RD$72,260, que son 45,740, para un total de RD$11,435 mensuales, a los cuales se suma la doceava parte de RD$79,776, que son RD$6,648. Entonces, bajo ese nuevo esquema, su pago de ISR mensual sería de RD$18,083.
Esto sería aplicable a los profesionales que tienen más de un empleo formal. ¿Qué le parece?

Esteban Delgado

Esteban Delgado

Periodista especializado en economía y finanzas. Catedrático universitario de redacción, investigación de la comunicación y periodismo digital.

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