La presente administración ha adoptado como uno de los ejes más relevantes de su discurso temas como el uso eficiente de los recursos estatales, la eliminación de la duplicidad de funciones dentro de la Administración Pública y la austeridad ante la crisis internacional que actualmente atraviesa el mundo.
Al momento del presidente Luis Abinader asumir su mandato como Jefe de Estado en el año 2020, se esperaba una verdadera reforma de los aspectos parasitarios que caracterizan al Estado dominicano. Se albergaba la esperanza de un acortamiento de las abultadas nóminas públicas, la tecnificación y profesionalización de los recursos humanos, y la eliminación de entidades que en términos operativos no cumplían ninguna función.
A partir del inicio del periodo gubernamental, hubo señales de que el nuevo gobierno cumpliría con esta promesa. Con el anuncio de la eliminación de instituciones como la OISOE, el CEA, entre otras, parecería que el gobierno trazaría una hoja de ruta clara y definida, teniendo como norte la readecuación del aparato administrativo estatal. Sin embargo, la realidad del poder se impuso, y el ritmo en este aspecto ha bajado significativamente. Ya se está arribando al tercer año del gobierno, y no se vislumbra en el horizonte ningún nuevo proyecto que busque recortar los largos tentáculos del armazón estatal.
Todavía se tiene la esperanza que el gobierno asuma el ritmo que mantuvo a su inicio. Por esta razón, entendemos prudente proponer a consideración de las autoridades la eliminación de una institución que, a nuestro parecer, su existencia resulta contraproducente y carece de todo sentido común. Se hace referencia a la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales y Sobre Medidas de Salvaguardias (Comisión de Defensa Comercial).
Esta entidad, creada por la Ley No. 1-02 sobre Prácticas Desleales de Comercio y Medidas de Salvaguardias, fue creada con el propósito de cumplir con las exigencias que demandaba en materia legislativa e institucional la entrada de la República Dominicana a la Organización Mundial de Comercio (OMC). Entre sus atribuciones, se encuentra la realización de las investigaciones correspondientes para hacer valer en los casos que procedan los derechos “antidumping”, derechos compensatorios y medidas de salvaguardias.
La existencia de una organización dedicada a realizar estos oficios es buena y válida. Una de las funciones más importantes que tiene el Estado es garantizar el correcto funcionamiento de la economía, evitando la manipulación superficial del mercado y la existencia de abusos en perjuicio de los consumidores y los agentes económicos. El problema subyace en que aquí existe una evidente duplicidad de funciones, entre esta entidad que mencionamos y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Procompetencia).
Procompetencia, creada mediante la Ley No. 42-08 sobre la Defensa de la Competencia, tiene por objeto la promoción y defensa de la competencia en el mercado económico dominicano, constituyéndose en el ente regulador en materia de competencia. Muchas de las funciones que se le atribuyen a la CDC son cuestiones que caen dentro de la sombrilla de Procompetencia como la autoridad nacional en la materia.
No resulta necesario segregar en dos entidades distintas los asuntos relacionados a la garantización de una efectiva libertad de competencia. Por esta razón, lo que procedería fuera que las atribuciones que son reconocidas por la Ley 1-02 a la CDC sean asumidas por Procompetencia, y que la CDC sea eliminada. Para poder llevar a cabo este proceso, el Poder Ejecutivo debe identificar a la CDC como una entidad sujeta a disolución y liquidación, para que luego la Comisión de Liquidación de Órganos del Estado pueda proceder acórdemente. Confiamos en el espíritu reformador de la presente administración, y que puedan atender a este tan importante reclamo.