[dropcap]L[/dropcap]a Dirección General de Impuestos Internos (DGII) otorgó un plazo de seis meses a todas las empresas que no han completado la adecuación o transformación de sociedades que ordena la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y su modificación.
La DGII advierte que una vez transcurrido el plazo señalado, procederá a inactivar el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de oficio de aquellas empresas o sociedades que no cumplan con los requisitos societarios de la Ley No. 479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y su modificación.
De acuerdo a las estadísticas de la DGII, a mediados del 2015 se identificaron alrededor de 36 mil sociedades que tenían que hacer el proceso de adecuación/transformación, de las cuales a la fecha, lo han hecho unas 17,000, por lo que se estima que cerca de 20 mil empresas no han cumplido con lo que establece la Ley 479-08 y sus modificaciones.
Para realizar su adecuación o transformación, las empresas deben depositar sus documentos en el centro de atención del contribuyente de la sede en Santo Domingo o en las administraciones locales. Estos son:
- Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado, con los anexos correspondientes;
- Copia del certificado de Registro Mercantil modificado;
- Copia del acta de asamblea y nómina de presencia que aprueba la transformación o adecuación (en caso de cambio de socios, debe estar establecido en el acta de asamblea);
- Copia de los estatutos sociales (si se transforma en una EIRL en vez de los estatus debe depositar copia del acta notarial);
- Contrato de compra y venta de acciones (aplica en caso de cambio de socios) y;
- Estados financieros o balance especial emitido por un CPA (sólo aplica en caso de transformación).












