Las personas expuestas políticamente (PEP) son de interés particular para las instituciones de intermediación (EIF), ya que en el proceso de relacionamiento con los clientes deben aplicar una serie de normas de cumplimiento con el propósito de evitar el blanqueo de capitales. El objetivo general es evitar cualquier acto de corrupción que impliquen algún riesgo reputacional.
La Ley Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Ley 155-17) califica como persona expuesta políticamente a cualquier individuo que desempeña o haya desempeñado en los últimos tres años altas funciones públicas, por elección o nombramientos ejecutivos, en un país extranjero o en territorio nacional, incluyendo altos funcionarios de organizaciones internacionales.
Los PEG son funcionarios electos, tales como el Presidente y Vicepresidente de la República; senadores y diputados; alcaldes, vicealcaldes, regidores y tesoreros municipales; directores y tesoreros de distritos municipales.
En la lista se incluyen los funcionarios por nombramiento, entre los que están ministros y viceministros; gobernador, vicegobernador, gerente y contralor del Banco Central; administradores y gerentes de bancos estatales; embajadores y cónsules generales; jefes y subjefes de estado mayor de instituciones militares y oficiales, entre otros.
¿Por qué no hay un acuerdo entre la Superintendencia de Bancos (SB) y la Cámara de Cuentas para facilitar un poco el trabajo de los oficiales de cumplimiento de las instituciones financieras para acceder a una base de datos que ayude evitar los delitos de lavado?
La inquietud surgió durante una breve sesión de preguntas que permitió el superintendente de Bancos, Alejandro Fernández Whipple, durante su ponencia en el Congreso Internacional de Finanzas y Auditoría (CIFA), organizado por la Asociación de Bancos Múltiples (ABA) y BDO.
La respuesta de Fernández Whipple fue la siguiente: “Sé que ha sido una postura de la ABA en el pasado y que se ha motivado a crear un listado único de PEP y digamos que con la participación de nosotros dentro del sector”.
A su entender, más que pensar en el listado de PEP, en sentido general hay que pensar en personas de alto riesgo que va más allá estrictamente de la persona que firmó su declaración jurada de patrimonio.
El superintendente explicó que es algo que el equipo de la SB ha estado viendo. Sin embargo, considera que también hay que ver si una persona no está dentro de ese listado, pero que luego resultaba ser efectivamente un PEP y “nosotros mismos como Superintendencia vamos y te evaluamos como entidad, entonces tú nos vas a decir: es que no estaba en tu listado”.
Ante esta situación, Fernández Whipple entiende que la gestión de prevención de los riesgos de lavado de activos es algo bastante más sofisticado que simplemente hacer un cumplimiento a un “check” de un listado o de una base de datos.
“Es una discusión que mantenemos de manera continua, pero ahí no nos hemos puesto de acuerdo”, expresó el superintendente de Bancos.













