Treinta y dos años después de aprobarse el Código de Trabajo vigente, las actuales autoridades apuestan a una reforma laboral que, según se ha planteado, busca resolver múltiples distorsiones que tiene el mercado de trabajo en República Dominicana, al tiempo que pretende que se introduzcan cambios en las relaciones entre patronos y trabajadores, de modo que estas respondan a la dinámica actual del desempeño del mercado de marras.
En efecto, la propuesta del gobierno va en la dirección de incorporar, por ejemplo, la figura del teletrabajo, la cual se puso de moda en el marco de la pandemia del covid-19, pero que se ha establecido como un instrumento permanente para algunas empresas, cuyo desempeño cotidiano no implica la necesidad de tener a determinados empleados dentro del negocio.
Otro elemento que se piensa introducir como modificación al Código es lo concerniente al trabajo doméstico, a fin de que sea regulado y se establezcan normas para su ejercicio. De hecho, a finales de 2022, el Ministerio de Trabajo puso en marcha un plan piloto para el inicio de la regulación del trabajo doméstico, de conformidad con lo establecido en el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo de 2011, el cual trata sobre el trabajo decente para el trabajo doméstico.
Meses después el Tribunal Constitucional dejó sin efecto la resolución que establecía un régimen regulatorio para esta actividad, a partir de un recurso de inconstitucionalidad sometido por varios abogados, quienes alegaban que esto debía ser parte de una propuesta de ley que modifique el Código de Trabajo en su conjunto.
Adicionalmente, se incluye en esta propuesta de reforma lo concerniente a la creación de un organismo que tenga la capacidad de respuesta necesaria para la aplicación del mecanismo 80/20, a partir del cual se busca fomentar la nacionalización del trabajo, el fomento a una mayor formalización laboral y el cumplimiento de las normativas laborales.
Como se sabe, el mecanismo 80/20 plantea que el 80% de los trabajadores en las empresas instaladas en el país tiene que ser de origen dominicano, en tanto el restante 20% podría ser mano de obra extranjera. Sin embargo, no es un secreto la realidad de que, en determinados sectores productivos, como construcción y agropecuaria, el cumplimiento de este tipo de normativa es prácticamente imposible, dado el hecho de que el dominicano, por diferentes motivos, no es proclive a ofertar su fuerza de trabajo en estas actividades de producción, siendo uno de estos los bajos salarios que se pagan en las mismas.
Así también, existen varios objetivos que, según lo planteado por el propio gobierno, se buscan con el sometimiento al Congreso de la propuesta de reforma al Código de Trabajo. Uno de estos es aumentar la capacidad de generación de empleos, en tanto otro está vinculado con el fomento de la productividad y competitividad, mientras que un último objetivo va en la dirección de fomentar la paz en las relaciones entre patronos y empleados, al tiempo que se reduce la judicialización de las empresas por parte de los trabajadores y se pone fin a los embargos, aparentemente, injustificados.
El problema que se plantea aquí es que, por un lado, la generación de empleos no puede depender de la aprobación y funcionamiento de una normativa legal, sino de la dinámica económica, especialmente, del nivel de inversión privada que se pueda lograr y del clima de negocios que pueda propiciar el gobierno con sus políticas públicas. En el caso del incremento esperado de la productividad laboral y la competitividad, estos son elementos que dependen de varios factores que, no necesariamente, se impulsan con un Código de Trabajo.
Por otra parte, esta reforma sí puede contribuir a mejorar las relaciones entre empleadores y trabajadores, estableciendo reglas de juego claras en los contratos de trabajo. Finalmente, quedan, al parecer, dos temas fundamentales en el aire: la cesantía como manzana de la discordia, que debe ser cambiada por un seguro de desempleo, y el mecanismo para el establecimiento de los salarios, que debe empezar con la disolución del Comité Nacional de Salarios, mecanismo obsoleto de negociación salarial.










