Muy bien por el Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana (LMD). Aprobó una resolución que insta a los distritos municipales de más de 15,000 habitantes a crear oficinas de planeamiento urbano (OPU), en correspondencia con lo que establece el artículo 24 de la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.
En total, esto aplica a 26 distritos municipales que alcanzan este nivel poblacional, según los datos del Censo Nacional de Población y Vivienda de 2010. Como referencia, estos son algunos: Santiago Oeste, San Francisco de Jacagua, Hato del Yaque y La Canela; San Luis; Doña Ana; Los Botados; La Guáyiga; Pantoja y Palmarejo-Villa Linda; La Caleta; La Victoria; La Otra Banda y Verón; Hatillo y Hato Damas; Quita Sueño y El Carril, entre otros. Ahora toca la pregunta: ¿Qué entidad dará seguimiento a esta ley y cómo lo hará?









