El proyecto de reforma fiscal anticrisis sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional dispone que los recursos aportados por los constructores para el fondo de pensiones de los trabajadores de la construcción sean cobrados por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), conforme lo dispuesto en la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
De esa forma, se estaría disolviendo o al menos transformando el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción (Fopetcons), creado mediante la Ley 6-86.
Esa ley establece la especialización del 1% del valor de todas las construcciones de obras, públicas y privadas que excedan el valor de RD$2 millones, así como el descuento de 1% del salario de los trabajadores de la construcción. Esos fondos son para la creación del “Fondo Común de Servicios Sociales, Pensiones y Jubilaciones a los Trabajadores Sindicalizados del Área de la Construcción y todas sus ramas afines”.
Nueva disposición
Aunque la propuesta de cambio genera confusión al referirse a la modificación del Artículo 4 de la Ley 6-86, lo cierto es que, la administración del fondo de pensiones de los trabajadores de la construcción pasará al sistema de seguridad social.
El proyecto del plan fiscal anticrisis dispone en su Artículo 61 la modificación de esa normativa, que data del 18 de febrero de 1986, para que en lo adelante indique: “Atículo 4. La Tesorería de la Seguridad Social (TSS) tendrá a cargo la recolección de estos fondos, los cuales se enviarán al Seguro Nacional de Salud (SNS) -posiblemente se refiere a Senasa-, y a las administradoras de riesgos de salud (ARS) correspondiente al mes vencido a más tardar el día 20 del siguiente mes”.
También agrega un párrafo que dispone: “La TSS tendrá a cargo el recaudo, distribución y pago de estos fondos conforme las disposiciones de la Ley 87-01 de Seguridad Social. Para estos fines, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) dictará las normas para la administración y recaudo de estos fondos”.













