La Presidencia de la República emitió el Decreto 672-26 el cual dispone que determinadas compras vinculadas a programas sociales -alimentación, vestimenta, útiles escolares y atención a poblaciones vulnerables- sean reservadas para micro, pequeñas y medianas industrias nacionales (mipymes).
Este decreto puede convertirse en una de las decisiones de política productiva más relevantes para las mipymes dominicanas, aunque su trascendencia no estará solo definida por su contenido, sino por la capacidad de convertir la demanda del Estado/Gobierno en producción, productividad y expansión empresarial.
El elemento económico fundamental aquí es que el Estado puede utilizar su poder de compra como instrumento de desarrollo industrial. Una orden pública previsible permite a una pequeña industria planificar producción, invertir en maquinaria, contratar personal, formalizar procesos y mejorar estándares. Bien ejecutado, el decreto podría ayudar a que empresas que hoy operan a pequeña escala desarrollen sus capacidades para competir.
Esa debería ser la verdadera medida del éxito: no cuántos contratos se adjudican, sino cuántas mipymes aumentan productividad, empleo, calidad y capacidad de mercado.
El decreto también establece restricciones pues las mipymes favorecidas deben demostrar capacidad para suplir volúmenes, y cumplir con especificaciones y estándares de calidad. No se trata de una reserva automática e incondicional: la oportunidad viene acompañada de exigencias productivas.
El Decreto 672-26, por demás, viene a unirse a una base institucional importante, y es la Ley 47-25 que establece una reserva mínima del 30% de las partidas destinadas a contrataciones para Mipymes -20 % para Mipymes en general y 10% para las dirigidas por mujeres-. En ese sentido, este nuevo dispositivo gubernamental profundiza esa orientación en programas sociales y añade elementos decisivos: producción nacional, registro industrial, certificación Mipymes, estándares técnicos, identificación de la oferta disponible y coordinación entre el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Sin embargo, aquí también existen desafíos. Una política de compras puede fracasar aun teniendo buenos objetivos. Si los procesos se fragmentan tarde, los pliegos contienen requisitos desproporcionados, los pagos se retrasan o las empresas carecen de capital de trabajo, la reserva legal no se transforma en capacidad industrial. Por eso el sector privado no debe limitarse a reclamar contratos.
Las asociaciones empresariales, industrias tractoras, entidades financieras y centros técnicos deberían construir programas de desarrollo de proveedores: certificación, estandarización, compras conjuntas de insumos, financiamiento, factoring, asistencia gerencial, transformación digital y formación en contratación pública.
En definitiva, el Decreto 672-26 abre una puerta. Pero comprar empresas dominicanas no debe significar simplemente sustituir un proveedor por otro. Debe significar utilizar el presupuesto público para construir capacidades productivas nacionales. Si logramos eso, la compra pública dejará de ser solamente gasto y podrá convertirse en inversión indirecta en industrialización. Entonces sí estaremos creando condiciones para que más empresas dominicanas pasen, verdaderamente, de lo micro a lo macro.










