La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso la implementación de la Carta de Derechos y Deberes de los Usuarios de los Servicios Fiduciarios, un documento que deberá estar disponible en las entidades de intermediación financiera (EIF) que ofrecen servicios fiduciarios y en las sociedades fiduciarias supervisadas por esta institución.
La disposición está contenida en la Circular SB: CSB-REG-2026000020, que establece la obligación de poner a disposición de usuarios, beneficiarios, representantes de proyectos y terceros relacionados información clara sobre las prerrogativas y responsabilidades que acompañan la contratación de servicios fiduciarios.
La iniciativa forma parte de los esfuerzos de la SB para fortalecer la protección de los usuarios de los servicios fiduciarios y promover una mayor comprensión de estos, en línea con el derecho constitucional de los consumidores a recibir información objetiva, veraz y oportuna sobre los productos y servicios que utilizan.
La SB indicó que “un paso previo en ese sentido fue la inclusión del área fiduciaria en el ámbito de acción del nuevo Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros”. De esta manera, la SB dijo que contribuye con el desarrollo de buenas prácticas en el mercado fiduciario dominicano.
La SB informó que la Carta de Derechos y Deberes deberá estar disponible antes, durante y después de la suscripción de los contratos de fideicomiso, tanto en páginas web como en oficinas físicas y canales virtuales de las entidades supervisadas. Asimismo, las entidades deberán garantizar que los usuarios reciban este documento y conservar evidencias de su entrega y aceptación.
La circular también instruye a las entidades para que coordinen con las partes de los fideicomisos inmobiliarios la divulgación de la carta entre terceros vinculados a los proyectos, y dispone que la información pueda ser difundida mediante herramientas digitales como códigos QR y otros recursos tecnológicos.
La SB destacó que la medida responde a la necesidad de fortalecer la educación fiduciaria y fomentar una mejor comprensión de los derechos, obligaciones y riesgos asociados a la utilización de estas figuras jurídicas, empleadas cada vez más para la estructuración de proyectos inmobiliarios, patrimoniales y de inversión.
La SB dijo que las entidades cuentan con un plazo de 30 días calendario para adecuar sus canales digitales y de 90 días calendario para incorporar la carta en los contratos físicos y digitales relacionados con servicios fiduciarios.






