[dropcap]U[/dropcap]n “repo” o reporto es un término genérico que se usa para describir un acuerdo de recompra o un “sell/buy back”. En un acuerdo de recompra, una de las partes involucradas vende un activo (típicamente un título valor de renta fija) al comprador y se compromete a recomprar los bienes fungibles al reportador en una fecha futura y a un precio predefinido.
En el caso de que el vendedor no pueda hacerle frente a su compromiso de pago en la fechas estipuladas, pues el reportador (nuevo titular del instrumento de renta fija) puede comercializar su título valor a una tercera persona y de esta manera evita generar pérdidas. El activo funciona como una especie de garantía y mitiga el riesgo crediticio inherente a este tipo de operación.
Es importante resaltar que aunque la operación de reporto se inicie con la venta del activo, el compromiso del reportado de recomprar los bienes significa que el comprador solo puede usar el título valor de forma temporal y, al mismo tiempo, el vendedor no se queda con el efectivo de forma indefinida.
El acuerdo de recompra se estructura legalmente como un compromiso de compraventa, aunque en términos económicos, esta operación se puede definir como un préstamo con garantía o pignoración de fondos (el uso principal de este tipo de operación realmente es la otorgación de un préstamo a corto plazo).
La diferencia entre el precio pagado por el comprador al inicio de la operación de reporto y el margen que recibe al final, es el rendimiento que genera el reportador por prestarle el dinero al vendedor del activo. En los acuerdos de reportos, el rendimiento es el “repo rate” o la tasa repo.





