La ley 41-08 de Función Pública, en su artículo 80, inciso 5, es tajante: “Está prohibido aceptar designación para desempeñar en forma simultánea más de un cargo del Estado, salvo cuando se trate de labores docentes, culturales, de investigación y las de carácter honorífico, no afectadas por incompatibilidad legal, y con la debida reposición horaria cuando hubiera superposición de este tipo. La aceptación de un segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que corresponda”.
Basta con revisar la nómina del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Superintendencia de Bancos para notar que algunos casos. El de Cindy Tanisha Duarte Ventura, en una es supervisor asistente (RD$49,808.30) y en la otra es primer secretario (RD$35,000) es un ejemplo de lo que sucede con la duplicidad en la nómina pública.
Lo único que se puede esperar es que el Ministerio de Administración Pública revise minuciosamente la nómina pública y que le pueda decir al país cuántos empleados realmente tiene el Estado. Esto es hablar de calidad den el gasto.