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Experto afirma que reglamento aclara disposiciones de la ley sobre lavado de activos

RedacciónPorRedacción
15 December, 2017
en Noticias
roberto mella

Roberto Mella.

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El reglamento recién aprobado de la Ley de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (decreto 408-17) está aclarando importantes aspectos de la legislación y ha suavizado sustancialmente alguna de sus disposiciones para contribuir con su implementación.

La opinión fue externada por el economista Roberto Mella Cohn, quien dijo que el nuevo reglamento ha generado dispositivos que le dan poder regulatorio a las normas sectoriales que deberán emitir los organismos supervisores.

Expresó que la única norma que falta por emitir es la correspondiente a la Dirección General de Impuestos Internos para los diferentes sectores no financieros.

Estas normas deben ser especializadas para los diferentes tipos de sujetos obligados y adaptados a la realidad y tipo de servicios de los mismos, teniendo en consideración las realidades de cada sector.

El reglamento igualmente crea un punto de referencia para el conocimiento de los clientes con umbrales por encima de quince mil US15,000.00 dólares en un día o el equivalente a más de medio millón de dólares mensuales, lo cual consideró que para una economía como la nuestra es un valor muy alto, a pesar de ser un referente en el estándar del GAFI.

Por ejemplo, en el caso de los joyeros, se puede comprar una prenda en 24 horas por un valor menor a quince mil US$15,000 dólares sin necesidad de realizar las medidas de controles de conocimiento del cliente, lo que equivale en 6 meses a un acumulado de US$2.7 millones de dólares en prendas sin debida diligencia e identificación.

Mella Cohn, quien es socio fundador de la empresa Risk Management & Compliance (RMC) observó por otra parte que el Reglamento está generando confusión en el Sector Seguros. Explicó que sobre todo en el caso de los corredores hay confusiones en torno a la disposición del reglamento respecto al conocimiento del cliente que solamente se aplicaría para las pólizas de vida y de inversión.

En ese sentido dijo “En este país la mayoría de los beneficiarios de pólizas de vida son los emisores de créditos y no las personas. Esa disposición no toma en cuenta que han dejado por fuera los productos más riesgosos en nuestro país que no son las pólizas de vida sino las pólizas generales para vehículos, viviendas, entre otros.”

El especialista dijo además “casi todo el sector seguros está dispuesto a dejar de ofrecer el producto de seguros de vida para no tener que implementar controles de debida diligencia a clientes y eso es dar un paso hacia atrás despues que tanto se habia logrado”.

En ese sentido opinó que su propuesta al Sector Seguros fue excluir las pólizas de salud y las pólizas de ley que verdaderamente generan un riesgo de lavado muy bajo o casi nulo. Consideró además que esto cierra la brecha desventajosa que había entre las AFP y las compañías de seguros, en cuyo caso las primeras no son sujetos obligados y la segunda sí. Igualmente, los corredores de seguros que vienen realizando importantísimos avances en la materia, esta disposición ahora crea una gran confusión porque además contradice las disposiciones de la norma sectorial de seguros.

Por otro lado, respecto a la limitación de uso de efectivo, el Reglamento ha suavizado las disposiciones de la Ley, no obligando a las personas a transparentar su efectivo bancarizandolo sino que podían seguir utilizando las cuentas de los proveedores para depositar sus dineros en efectivo para ciertas actividades economicas como comprar un inmueble y vehículos de motor, y capitalizar empresas.

Opinó que la principal limitación para implementar esa disposición del efectivo es el costo de mover el dinero entre cuentas por el impuesto del 0.15%; en ese sentido dijo “ese impuesto es el principal distorsionador de decisiones económicas lícitas en este país; las personas se manejan como maleantes con bultos de dinero no porque no tienen forma de declararlos o no han pagado sus impuestos sino que para evitar el pago del impuesto y eso debe corregirse”.

Archivado en: Ley lavado de activosRoberto Mella Cohn
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