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Extienden al 1 de marzo el plazo para candidaturas de representantes al ASFL

RedacciónPorRedacción
14 February, 2019
en Noticias
proyecto “más sindicato”

Lanzamiento de los fondos concursables Fortalecimiento a Asociaciones Sin Fines de Lucro y de Capital Semilla. | Fuente externa

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El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), a través del Centro Nacional de Fomento y Promoción de las Asociaciones sin Fines de Lucro (CASFL), extendió hasta el 1 de marzo el plazo para la presentación por los representantes de las entidades de la sociedad civil registradas de candidaturas para la elección de sus cinco representantes ante el Consejo del Centro.

La nueva fecha fue otorgada mediante la resolución JC-01-2019 del cuatro de febrero de este año para la presentación de candidaturas para el período 2019-2021. El plazo anterior fue desde el 16 al 30 de enero del año en curso.

El MEPyD reiteró que la convocatoria es en cumplimiento de la Ley 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro y conforme con las disposiciones del artículo 113 del Reglamento de Aplicación, 40-08.

Están convocadas para la presentación de candidaturas más de 7,000 asociaciones en el Registro Nacional de Habilitación del Centro Nacional y que se encuentren en pleno cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley 122-05.

En total, los miembros del Consejo son once (11) los miembros que conforman el Centro Nacional de Fomento, seis de los cuales representan al sector estatal y cinco de las ASFL, escogidos mediante elección. La misión es aprobar las normas o procesos para la regulación y el fomento de las asociaciones sin fines de lucro.

Requisitos para presentación de candidaturas

La metodología para el proceso electoral está contenida en el Reglamento y en el Calendario Electoral para el período 2019-2021, aprobados en la Sesión del Consejo el 29 de noviembre del 2018.

Para la presentación de las candidaturas, la persona proponente debe estar inscrita en el Centro Nacional y estar al día en sus compromisos fiscales. La candidatura se deberá conformar mediante el más amplio y democrático proceso de consulta, habilitado por las organizaciones que actúan en el espacio por el que se presenta, tener no menos de cinco años de estar debidamente incorporada y tener reconocida actuación y difusión de conocimientos en las áreas de políticas sociales.

Además, poseer capacidad institucional, amplia trayectoria y credibilidad en la formulación, implementación, coordinación y difusión de políticas y acciones de desarrollo social a lo interno de su sector; garantizar la representatividad y participación de carácter territorial y funcional de las organizaciones sociales, compartir los objetivos y las metas previstas por el Centro Nacional, aportando al logro y consecución de estos, y cumplir con todos los requisitos establecidos por la Ley 122-05 y el Reglamento de aplicación.

Se admiten candidaturas propuestas por asociaciones que no tengan la calidad de órgano interasociativo o que sean miembros de dichos espacios, siempre que estén respaldadas por un grupo de al menos 15 asociaciones y comuniquen su creación al Centro Nacional, antes de que finalice el período para la presentación de las candidaturas.

Todas las asociaciones en el Registro Nacional de Habilitación del Centro Nacional pueden depositar el apoyo o el voto a favor de una de las asociaciones que presente candidatura.

Los cinco representantes de las ASFL comparten funciones similares que los demás miembros del Consejo, ya que todos los integrantes tienen derecho a voz y voto en las deliberaciones, en la adopción de acuerdos y resoluciones.

Archivado en: CASFLMEPyD
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