La especialista en Derecho Administrativo, Zulima Sánchez, definió las alianzas público privada como “un contrato a largo plazo entre una empresa y un ente público con la finalidad de prestar un servicio o realizar una obra o infraestructura”.
Sanchez ofreció estas declaraciones en la conferencia “Las alianzas público privadas como tendencia para el desarrollo de infraestructuras en América Latina y Europa”, desarrollada en Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglde), donde compartió escenario Ezequiel Cassagne, especialista en Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
Resaltó la posibilidad de obtener recursos del sector privado para que instancias públicas puedan desarrollar proyectos con gran incidencia social, como carreteras, túneles y puentes, redes de ferrocarriles y de carreteras, puertos y aeropuertos fue uno de los beneficios que expuso.
La doctora precisó que en este tipo de asociaciones la entidad privada asume gran parte del riesgo de la inversión y la gestión, y destacó que la remuneración por el servicio o infraestructura está muy vinculada al ulterior desempeño de la actividad.
Indicó que los contratos suelen tener una duración que varía de 20 a 30 años. Explicó que en la obra que se construye bajo dicho esquema, el contratista recibe los beneficios de su explotación y debe, en un futuro, dejarla en buenas condiciones a la administración.
Ponderó el aval que han dado a esta alianza las instituciones europeas, en concreto, la Comisión que “alabó la figura por implicar una cohesión mayor entre los agentes de producción y el sector público”.
Por su lado, Cassagne manifestó que uno de los principios básicos de las asociaciones público privadas es la transferencia costo-efectiva del riesgo hacia la parte involucrada que se encuentre en mejores condiciones para mitigarlo.
La parte privada en un contrato necesita de financiamiento de terceros, indicó para añadir que el eje de toda regulación en el citado modelo “reside en el respeto de los contratos, en el cumplimiento de la palabra y en el establecimiento de un marco de reglas claras que otorguen confianza y seguridad jurídica a los inversores y a las empresas”.
El especialista argentino puso de relieve que estas alianzas pueden abarcar todo tipo actividades y servicios, ya sea inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica, y servicios conexos a los mismos.
Compartió con el público la experiencia argentina y los fundamentos de la Ley N° 27.328, sancionada el 16/11/2016. Se refirió al “bautizo” de los contratos como Participación Público-Privada (PPP) y a la reglamentación de la ley dispuesta por el decreto N° 118/2017, modificado por el Decreto N° 936/2017.
Entre otros aspectos legales explicó que “se permite la constitución de paneles técnicos, para dirimir las controversias de índole técnica, interpretativa o patrimonial que puedan suscitarse durante la ejecución y terminación del contrato”. Además, la posibilidad de acordar en un contrato determinado que todas las controversias puedan resolverse acudiendo a mecanismos de avenimiento y/o arbitraje. Otro apunte establece que “contra los laudos arbitrales sólo podrán interponerse los recursos de aclaratoria y de nulidad”.
El encuentro fue organizado por el Centro de Estudios de Urbanismo e Infraestructura y el Centro de Estudios de Asuntos Empresariales, que dirigen César Fernández y Andrés Marranzini, respectivamente.
Marranzini introdujo el acto y ponderó la vigencia de las alianzas a que hicieron referencia los especialistas y luego el ingeniero Fernández ofreció las credenciales profesionales de los conferencistas.
El acto contó con la presencia del expresidente de República Dominicana, Leonel Fernández; legisladores, dirigentes políticos y profesionales.