La Asamblea Revisora ha proclamado la nueva Constitución dominicana. Entró en vigor este 27 de octubre de 2024, aunque algunas de sus disposiciones se aplicarán a partir de 2032.
En todo caso, este es un acontecimiento histórico para la vida republicana e institucional de nuestra patria. Lo que vimos el pasado domingo en el Salón de la Asamblea Nacional no fue un acto meramente político. La Constitución no sólo implica un documento en el que los ciudadanos de un país depositan su futuro político. Todos sabemos que sus implicaciones van más allá.
Está demostrado que un país institucionalmente débil es inestable social y políticamente hablando, lo que se traduce en un problema económico, toda vez que los capitales no quieren saber nada de una nación con problemas similares. Entonces, sabiendo esto, podríamos estar de acuerdo en que la estabilidad institucional es un pilar fundamental para el desarrollo económico de cualquier país.
De hecho, los ganadores del Premio Nobel de Economía de este año, los estadounidenses Daron Acemoglu y James A. Robinson, han tratado en sus investigaciones la relación entre instituciones, progreso económico y bienestar social de los países. Para ellos, la calidad democrática de las instituciones está directamente relacionada con el éxito económico.
Las diferencias institucionales, políticas, sociales, económicas y de desarrollo claramente marcadas entre República Dominicana y Haití son una muestra de la importancia de disponer de una Constitución que responda al interés soberano de desarrollarse. Si hoy nuestro vecino geográfico más cercano tiene problemas de confianza, en el que ni siquiera sus líderes han podido ponerse de acuerdo para enrumbar su país por el camino de las oportunidades, se debe, fundamentalmente, a su debilidad institucional.
Acemoglu y Robinson, en su libro “Los orígenes del poder, la prosperidad y la pobreza”, comparan los modelos de colonización utilizados por españoles e ingleses en América. Mientras los españoles establecieron instituciones que generaron riqueza, pero también desigualdad, los ingleses crearon mecanismos de propiedad y participación que fomentaron el crecimiento económico a largo plazo.
De manera muy particular, y esto lo afirmo yo, ha de suponerse que estos laureados economistas no estudiaron los casos de Guyana, Jamaica ni Belice, países que obviamente no tuvieron “la misma suerte de Estados Unidos”. Por supuesto, habría que ver las particularidades en cada caso.
Con la nueva Constitucional se logra algo que es vital para garantizar confianza, estabilidad y, por ende, desarrollo económico: certidumbre política. La estabilidad en el sistema político también se traduce en tranquilidad social, lo cual es fundamental para que los generadores de valor agregado en la economía confíen en el futuro del país. Y hay que decirlo con toda propiedad: Uno de los pilares de esta reforma es la ampliación del artículo 268, que consagra la elección presidencial como un derecho inmodificable.






