L a inteligencia artificial (IA) ya dejó de ser una herramienta ajena a los tribunales. El Poder Judicial ha comenzado a probar soluciones de IA para apoyar tareas de análisis y gestión, mientras desde el Tribunal Constitucional se ha abierto la discusión sobre sus efectos en la función jurisdiccional.
Hay una razón económica y de justicia social para incentivar este uso, pues la preparación de los expedientes, la búsqueda de precedentes, la clasificación de documentos y tareas repetitivas consumen tiempo que podría dedicarse a decidir mejor y más rápido. Cada mes de retraso judicial mantiene capital inmovilizado, prolonga la sensación de las partes de que no tienen una solución a su diferendo, retrasa cobros y aumenta el costo de una controversia.
Vista así, la IA puede ser una herramienta de eficiencia institucional, no simplemente tecnológica. Si permite ordenar información, identificar jurisprudencia relevante o resumir posiciones complejas, puede reducir el costo económico de una justicia lenta.
Pero el argumento de eficiencia tiene un límite importante. Una cosa es utilizar tecnología para encontrar una sentencia, y otra muy distinta es permitir que una herramienta determine qué interpretación debe prevalecer. También es diferente resumir las posiciones de las partes que decidir cuál de ellas tiene mejor derecho, es decir, la función esencial de uno o varios jueces.
El juez no es solamente un procesador de información, ya que su función implica valorar hechos, interpretar normas y ponderar derechos. Debe explicar por qué una solución resulta correcta en un caso concreto. Esa responsabilidad no desaparece porque la IA pueda producir, en segundos, una respuesta coherente.
Ahí aparece un problema que me parece más importante que el de la velocidad: la responsabilidad. Si la IA omite un precedente determinante, reproduce un sesgo o simplemente se equivoca, el juez no puede responder que siguió la recomendación del algoritmo. La decisión sigue siendo suya, y también debe serlo la capacidad de explicarla.
La motivación de una sentencia no es una formalidad; es la forma en que las partes conocen las razones por las cuales el Estado afectó su patrimonio, reconoció un derecho o rechazó una pretensión. Si una decisión depende de procesos que ni el juez comprende, el problema deja de ser tecnológico y se convierte en uno de debido proceso.
Por eso, la discusión correcta no debe plantearse como una elección entre justicia humana y justicia artificial; el objetivo debería ser utilizar la tecnología para eliminar trabajo mecánico y permitir que el juez concentre su tiempo en aquello que requiere criterio.
También exigirá que los tribunales definan qué tareas pueden apoyarse en estas herramientas, cómo se verifica la información que producen y qué nivel de transparencia corresponde cuando influyen en el análisis de un caso.
La mejor utilización de la inteligencia artificial en los tribunales podría ser, paradójicamente, aquella que haga más humana la función de juzgar. Si la máquina organiza, compara y ayuda a buscar, el juez puede dedicar más tiempo a escuchar, razonar y decidir. La tecnología puede acelerar la justicia; lo que no debería hacer es asumir la responsabilidad de impartirla.








