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El proyecto de Ley de Primer Empleo

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
10 December, 2020
en EconoLegales
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La población joven constituye la mayor parte de los habitantes de República Dominicana y asegurar que ese segmento poblacional obtenga la educación y los primeros empleos que le permitan integrarse de manera productiva a la economía formal es un desafío de nuestra sociedad.

Con la finalidad de identificar posibles soluciones, se ha depositado en el Congreso Nacional un “Proyecto de Ley que Crea el Programa de Primer Empleo”. Aunque la intención es loable, aquí veremos algunos aspectos cuestionables de dicho proyecto.

El proyecto establece un incentivo fiscal (rebaja al Impuesto Sobre la Renta) equivalente al 50% de las contribuciones al régimen de seguridad social realizados durante los 18 meses contados a partir de la contratación de personal joven (definido como personas de 18 a 25 años de edad). En el caso de las pequeñas y medianas empresas (PyME), el beneficio aumenta al 75% de dicha contribución.

El primer elemento a cuestionar es que la ley, siendo un parche en vez de una reforma integral, no toma en cuenta la rigidez del Código de Trabajo en torno a la jornada laboral. Entonces, en vez de establecer un programa de pasantías o trabajo a tiempo parcial, ¿sencillamente asume que los jóvenes trabajarán a tiempo completo y luego estudiarán en la noche?

Sería un sinsentido que un joven de 18 años, en vez de formarse en una carrera técnica o profesional, ingrese al mercado laboral sin obtener mayores logros académicos.

Otro elemento cuestionable es que, si bien es cierto que reduce levemente la carga impositiva de las empresas, conlleva la asunción de un pasivo laboral. Cualquier empresa que evalúa la pertinencia de acogerse a este programa de incentivos también tendría que evaluar si los ahorros son mayores a los compromisos a largo plazo que estaría asumiendo.

Por igual, como el incentivo establecido es una reducción del ISR, se asume que la empresa que realiza la contratación tiene ingresos que le permiten tomar ventaja del beneficio fiscal. En el caso de PyME recién constituidas, la mayoría tiene pérdidas durante al menos el primer año de sus operaciones: entonces, se podría cuestionar si este esquema realmente le proporciona algún beneficio.

El mismo proyecto parece contradecirse, pues requiere el aumento de la nómina de la empresa “entre un 5% y un 10%” de trabajadores jóvenes, pero a la vez limita “la incorporación de jóvenes… no podrá exceder en ningún caso el 30% del total de trabajadores permanentes”. Por un lado el proyecto pretende incentivar la contratación de jóvenes y su inserción en el mercado laboral, pero solo hasta un punto.

La realidad es que este tipo de propuesta, de parche, surge precisamente porque nuestra legislación laboral es inflexible, anticuada y no incentiva la creación de empleos, sino que, por el contrario, le impone cargas a los empleadores. Para la inserción de jóvenes en el mercado laboral se deben plantear nuevas ideas y modalidades (pasantías, empleos de medio tiempo, eliminación o reforma de la cesantía hasta un punto, etc.) y, en el fondo, plantear una reforma integral en materia laboral que potencie nuestra economía.

Archivado en: Ley de Primer Empleo
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