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Etiqueta frontal: Un derecho del consumidor a productos saludables y una responsabilidad empresarial con la sociedad

Leonel RivasPorLeonel Rivas
10 November, 2021
en Marketing diagonal
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Las empresas tienen como propósito la creación, distribución y comercialización de productos y servicios con la finalidad de satisfacer los deseos y las necesidades primarias y sociales de los consumidores.

Los productos son, además, fuentes de ingresos. Generan valor en el sistema económico, impactan de manera directa en la generación de nuevos empleos, más impuestos y mayores exportaciones, son fuentes de equilibrio de la balanza comercial y contribuyen al crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB).

Al momento de diseñar productos, una decisión de suma importancia es la etiqueta, pues es parte integral del empaque o envase y tiene la finalidad de generar estímulos de marketing, además de proveer información importante para los consumidores y las empresas.

En la etiqueta podemos identificar la marca, los ingredientes nutricionales, las recomendaciones para su conservación, el modo para el uso correcto, la fecha de vencimiento y el nombre del fabricante, además de los teléfonos y el correo electrónico para la comunicación con el departamento de servicio al cliente.

Una empresa socialmente responsable tiene que crear conciencia de un consumo en el que la salud y la conservación del medio ambiente se consideren parte de su visión estratégica. Por eso, la etiqueta debe servir para identificar los productos y proveer información relevante para que el consumidor pueda decidir de manera inteligente.

Las empresas comercializan sus productos en el mercado local, donde la lealtad de las marcas y las compras frecuentes de las familias dominicanas tienen un impacto positivo en el incremento de sus utilidades y volúmenes de ventas, además de una mayor participación en el mercado por sus actividades comerciales, lo que les permite orientar su accionar con un mayor compromiso de responsabilidad social y ambiental.

De acuerdo al Ministerio de Salud Pública, en la República Dominicana el 70% de la población dominicana está en sobrepeso, un 32.3% es hipertensa y la incidencia de la diabetes es de 12%, con una tendencia a seguir aumentado por malos hábitos alimenticios y la poca actividad deportiva de la mayoría de dominicanos.

Por tanto, las empresas deben tener como objetivo a corto y largo plazo promover una sociedad donde las enfermedades como sobrepeso, la hipertensión y la diabetes disminuyan. Esta nueva acción de marketing debe comenzar con un cambio de las etiquetas.

La etiqueta frontal debe ser rediseñada en su contenido para incluir, en primer plano, información, consejos, advertencias y recomendaciones a los usuarios de las marcas sobre los altos niveles de grasas, sodio, azúcares, grasas saturadas, calorías y proteínas.

El etiquetado frontal es una herramienta de comunicación y responsabilidad social en el que las empresas informan a los consumidores sobre el contenido nutricional de los productos de manera sencilla, práctica y eficaz. En la parte frontal de las etiquetas tienen que existir estímulos de alerta sobre el nivel de los ingredientes que hacen daño a la salud por su consumo en altas cantidades.

De esta manera, las empresas con orientación a una mayor responsabilidad social participan en orientar a los consumidores para que estos puedan tomar decisiones inteligentes en el consumo y, de esta manera, prevenir y reducir las enfermedades cardiovasculares, la diabetes y el sobrepeso en niños, jóvenes y adultos.

Las etiquetas deben funcionar como un sistema de alerta nutricional que destaquen códigos de comunicación integrados en la parte frontal sobre el alto contenido de grasas, sodios, sal y azúcares. Su finalidad es que los compradores y usuarios de los productos puedan evaluar la calidad nutricional del producto al momento de realizar sus compras de forma clara y sencilla, para reducir el uso de alimentos peligrosos y promover los hábitos de consumo saludables.

La Ley General 358-05 sobre Protección de Derechos al Consumidor o Usuario, en su artículo 33, establece como derechos fundamentales del consumidor o usuario la protección a la vida, la salud, la educación y la seguridad física en el consumo o uso de bienes y servicios.

Es momento de que el Estado, las empresas y los grupos de interés por una sociedad más responsable en el consumo firmen un pacto nacional en defensa de los derechos de los consumidores. Esto con el propósito de construir una cultura de consumo responsable para comprar bienes, productos y marcas que garanticen la salud colectiva de todos los dominicanos para, de esta manera, reducir las patologías propias de malos hábitos alimenticios.

Finalmente, es responsabilidad del Estado iniciar un proceso para modificar el marco legal, los reglamentos y las normas sobre la producción socialmente responsable y el consumo inteligente, además de implementar políticas públicas de producción, distribución y comercialización de productos que garanticen a los dominicanos un consumo saludable para prevenir enfermedades, reducir la mortalidad y promover la compra más inteligente de las presentes y futuras generaciones de consumidores.

Archivado en: ConsumidoresconsumoEmpresasEtiqueta frontal
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El autor es profesor en la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Santo Domingo y fundador de Mercadometría S.R.L.

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