• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Hemeroteca
Versión Impresa
elDinero Mujer
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados

La necesaria reforma de regulación de las compras públicas

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
17 March, 2022
en EconoLegales
WhatsappFacebookTwitterTelegram

En el marco de las discusiones ante el Consejo Económico y Social (CES) de numerosas propuestas de reformas está una propuesta de reforma de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones. En tal virtud, nos permitimos plantear algunos aspectos merecedores de evaluación para ser mejorados o reformados.

A pesar de que se pueden realizar importantes y acertadas críticas a la Ley 340-06 y las normas que han sido promulgadas bajo la misma, debemos iniciar reconociendo que representó un tremendo paso hacia delante respecto a la normativa que estaba vigente en ese momento. Esto porque la Ley 340-06 estableció la obligatoriedad de realizar licitaciones para las compras y contrataciones realizadas por el Estado dominicano, aunque también estableció excepciones para esta regla general.

En este sentido, nuestra revisión inicia por esta regla general: la Ley 340-06 generalmente requiere que los procesos de compras y contrataciones del Estado sean llevados a cabo mediante licitaciones públicas, las cuales se realizan de manera pública conforme a unas bases (documentos que establecen los términos de la contratación propuesta).

Las bases de dichas licitaciones son preparadas por la institución interesada en realizar la contratación y deben ser revisadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones, institución que se encarga de validar aspectos de procedimiento, no de fondo.

Pero es precisamente el aspecto de las bases que da lugar a cuestionamientos y posibles avenidas para realizar actos contrarios a la intención de la ley, ya que es la misma institución pública interesada en la contratación que redacta los términos de referencia. Esas bases típicamente están compuestas de varias etapas o fases, pero los dos aspectos de mayor importancia son los técnicos, que establecen los requisitos mínimos de la contratación, y el económico. En principio, entre dos oferentes que realizan ofertas técnicas sustancialmente iguales, debe ganar el que presente la mejor oferta económica.

Sin embargo, es en ese momento que se puede prestar a manipulación el proceso, ya que se pudieran ajustar las bases técnicas para que un solo ofertante pueda calificar para presentar una oferta económica. En otras palabras, mediante el ajuste de las bases técnicas, se puede asegurar que el ofertante ya pre-escogido por la institución pública sea el que resulte ganancioso del proceso de licitación pública. Este es el aspecto que debe ser revisado con mayor detenimiento y mejorado.

Otro aspecto es la innecesaria formalización de los procesos de contratación, que dificulta la competencia entre muchas entidades que pudieran aportar y, además, se premia la forma sobre la sustancia. Merece una revisión integral la forma en que se construyen las bases para las licitaciones, pues se debe hacer más sencillo presentar propuestas, y evitar eliminar a oferentes válidos por temas meramente formalistas.

Finalmente, se debe revisar el uso de la designación de “urgencia” de la compra que evita el proceso de licitación pública antes descrito. Algunas de las importantes obras que actualmente realiza el Estado han sido contratadas bajo la sombrilla de la declaratoria de “urgencia”, lo que resulta preocupante.

Archivado en: compras públicas
Publicación anterior

Algo más de lo que aprendí de mi padre

Siguiente publicación

El fraude en las ayudas sociales

Jaime M. Senior Fernández

Jaime M. Senior Fernández

Otros lectores también leyeron...

De hecho, Pimentel vio positivo que la entidad que preside eleve los niveles de verificación de los proveedores del Estado para asegurar que las adjudicaciones cumplan con su fin social.

Ley 47-25 manda a subcontratar mipymes en compras públicas

La AIRD asegura 
continuará trabajando para que todas las mipymes industriales. | Fuente externa.

AIRD exhorta a implementar Decreto 31-22 sobre compras a mipymes industriales

Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP)

Además de licitaciones, ¿qué otros procesos de compra usa el Estado?

Carlos Pimentel está a cargo de la DGCCP desde el 17 de agosto de 2020. | Lésther Álvarez

Compras Públicas: El Estado no siempre debe comprar lo que sea barato

Carlos Pimentel, director de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas. | Lésther Álvarez

El 42.7% de las compras del Estado dominicano se realiza a través de licitaciones

compras pública osmar benítez

Gobierno dominicano lanza programa de compras públicas prioriza pequeños productores y agricultura familiar

Siguiente publicación

El fraude en las ayudas sociales

Deje un comentario

Últimas noticias

El COE informó que el incendio en el hotel Viva Wyndham Dominicus Beach fue controlado y sofocado en su totalidad.

El COE concluye fase operativa por incendio en hotel de Bayahibe y traspasa acciones a Turismo y Migración

20 June, 2026

Viva Dominicus Beach by Wyndham agradece respuesta coordinada de las autoridades y el sector turístico ante incendio en sus instalaciones

20 June, 2026

Hacienda aclara reducción de retención fiscal a pagos por servicios digitales empresariales

20 June, 2026
Los gastos operativos de Egehid totalizaron US$16.7 millones.

Egehid facturó US$41.5 millones pese a vender menos energía

20 June, 2026
Francesca Valentino, la víctima fatal del incendio en hotel de Bayahibe.

Italiana muere en incendio registrado en hotel de Bayahibe

20 June, 2026

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM, SAS
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Newsletter

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #542