La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió una sentencia en la que prohibe a los bancos descontar de la cuenta de nómina cualquier deuda que tenga su titular con la entidad, a menos que exista una autorización previa y expresa al respecto.
Pero sucede que en casi todas las formas que se llenan para obtener algún crédito bancario, se incluye la autorización a hacer tales descuentos.
Por eso, la SCJ deja establecido que esa autorización previa no aplica si se trata de la cuenta bancaria de nómina del trabajador, es decir, la cuenta por donde recibe su salario. En tal caso, la autorización debe ser expresa y específica y no de un formulario genérico como se usa en los bancos.
La intención de la sentencia es importante, porque la cuenta de nómina salarial tiene protecciones y tratamientos distintos a otras cuentas de ahorro y corriente que posea una persona en el banco. Ya lo saben, la autorización, para esos casos, debe ser específica.