[dropcap]L[/dropcap]a relación tradicional en materia laboral es entre el empleador y el empleado. En esta relación, el empleador le debe proporcionar un lugar de trabajo y los implementos requeridos para que el empleado, dentro de un horario determinado, cumpla con sus funciones laborales. Como contraprestación, el empleador le paga al empleado su salario y otras retribuciones complementarias.
En cambio, los contratistas independientes son aquellas personas contratadas por una empresa para realizar una labor especializada, típicamente de corta duración. Los contratistas no son empleados de la empresa contratante, sino que le prestan un servicio limitado y en cambio reciben el pago de una suma determinada.
En los últimos años, ha surgido una nueva modalidad laboral, la denominada “gig economy” (economía de trabajos o compromisos de corto plazo). Los trabajos bajo este tipo de esquema no se ajustan a ninguno de los dos esquemas anteriormente mencionados.
Un ejemplo de la “gig economy” es el servicio de Uber. En este servicio, los clientes utilizan una aplicación en su teléfono móvil para solicitar un transporte (es decir, una especie de taxi).
Sin embargo, Uber no es una compañía de taxis; cada chofer bajo el esquema de Uber es propietario de su vehículo. La única función de Uber es canalizar la solicitud del cliente al chofer, por lo que funge como una empresa de canalización de información entre los choferes y los clientes.
De la misma forma en que Uber no cuenta con vehículos, tampoco cuenta con los choferes como empleados. Para Uber, todos los choferes son una especie de contratista independiente, y utilizan su servicio para recibir una solicitud de transporte, por la cual compensan a Uber mediante el pago de una suma de dinero (deducida de la tarifa que se le cobra al pasajero).
La marca Uber, que debe ser utilizada por los choferes, es propiedad de la empresa. Por igual, la empresa fija los términos y condiciones bajo los cuales los choferes pueden participar en su plataforma (por ejemplo, edad y condición del vehículo). Asimismo, la empresa depura y elige a los choferes que permite que utilicen su plataforma, y les provee entrenamiento. Finalmente, también fija los precios.
No obstante lo anterior, los choferes no son empleados de Uber, por lo que la empresa no les tiene que pagar un salario ni cumplir con otras obligaciones laborales. Uber no es la única empresa que participa en la gig economy, aunque sí una de las más conocidas. Esta nueva modalidad de trabajo abre una frontera en materia de derecho laboral.