En materia de impuestos, el tema de tributar sobre lo “percibido” versus lo “devengado” ha sido un de discusión a través de los años en muchos países, incluyendo el nuestro. En la mayoría de los países se ha llegado a la conclusión de que lo percibido es cuando se realice efectivamente una operación y se reciban los ingresos como pago, en vez de lo devengado, que se define en relación a cuando ocurre un evento, aunque el mismo no produzca un flujo de efectivo.
En un caso que ahora se ventila ante la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, precisamente el tema de lo percibido versus devengado ha surgido, con la posibilidad de una trascendental sentencia que verse sobre su sistema tributario. Por primera vez en muchos años, el tribunal podrá definir el alcance bajo la Constitución de Estados Unidos sobre el poder el gobierno federal de establecer impuestos.
El caso se denomina Moore vs. United States, y versa sobre una parte de una ley del año 2017 que estableció un impuesto transitorio sobre las utilidades de empresas y personas que se habían acumulado fuera del territorio estadounidense. Los accionantes, una pareja de apellido Moore, alegan que cuando se les impuso la obligación de tributar no habían percibido las utilidades de la empresa basada en la India, y por eso no son objeto de tributación.
La controversia se origina en una ley de 2017 que varió el estándar de tributación de empresas de Estados Unidos ubicadas en el extranjero, pero que tenían accionistas de ese país. Previo a la ley, solo se tributa sobre las utilidades extranjeras cuando fueran traídas a esa nación; la ley varió este criterio y estableció un porcentaje anual mínimo sobre las utilidades en el extranjero y la repatriación de éstas libres de otros impuestos.
Sin embargo, ya los estadounidenses tenían décadas de ganancias extranjeras que habían sido acumuladas en el extranjero y que no habían sido objeto de tributación. Para las mismas, se estableció un impuesto transitorio. Los demandantes Moore accionaron, alegando que el Congreso no tenía potestad de gravar lo devengado, pues su poder bajo la Constitución es de tributar sobre los “ingresos” y esa palabra asume que ha sido percibido.
La Constitución de los Estados Unidos no define el término “ingreso”, y en su defensa, el gobierno ha señalado que hay diversas otras disposiciones del Código Tributario de ese país que gravan lo percibido en ciertas circunstancias. Los que son contrarios a la disposición alegan que este poder es demasiado amplio, ya que las ganancias no realizadas pueden subir y bajar, y en todo caso, es injusto que ellos tributen sobre un activo del que varias personas fueron dueños en el tiempo.
Este caso es interesante, pues se enmarca dentro de discusiones en el ámbito fiscal del alcance razonable y justo del poder de tributación, especialmente en un mundo con un sistema financiero que no tiene fronteras. Sin embargo, un precedente de que este poder es ilimitado también sería peligroso, pues no resulta equitativo tributar sobre lo devengado, ya que no ha habido una realización del ingreso. Se espera una decisión de la Suprema Corte a más tardar junio de 2024.











