La semana pasada nuestra Superintendencia de Seguros, en una intervención como si estuviera preparando la salida, dijo que se habían logrado muchos avances como era la supervisión basada en riesgo (SBR) lo que me pareció muy extraño, cuando no ha sido capaz ni siquiera de publicar los reportes de solvencia y liquidez que exige la ley se haga trimestralmente para conocimiento del público consumidor. Además, hice una encuesta entre algunas aseguradoras, las cuales negaron la versión.
También afirmó que, en el proyecto de reforma de ley entre otros aspectos, ha incorporado los estándares Internacionales y principios básicos de seguros emitidos por la IAIS (International Association of Insuance Supervisors), la adopción gradual de solvencia II. Para que entiendan bien, ese proyecto de ley debe tener más de 8 años, y hasta tiene un coordinador por decreto y aún no tiene fecha de finalizar.
Pues vamos a hablar de solvencia II como marco regulatorio integral que establece requisitos de capital y normas de gestión de riesgos para las aseguradoras y reaseguradoras iniciado hace varios años en la Unión Europea para promover una mayor estabilidad, transparencia y protección para los asegurados, brindándole un sistema mas coherente y robusto para supervisar el sector.
Siempre he dicho que el seguro nació globalizado, por la imposibilidad de una aseguradora soportar los riesgos que, en un evento fortuito o catastrófico producido en su mercado, se reparte proporcionalmente los valores asegurados con otras aseguradoras y o reaseguradoras de otros mercados, por lo que se requieren modelo de medición unificado descifrado por las partes.
El principal objetivo de Solvencia II es garantizar que las aseguradoras mantengan un nivel adecuado de capital en relación con los riesgos que asumen. Al hacerlo, busca proteger a los asegurados y beneficiarios, asegurando que las compañías de seguros puedan cumplir con sus obligaciones incluso en situaciones adversas.
Necesariamente, requerirá de una mejor supervisión con una gran capacidad técnica, que pueda aplicar con objetividad y prudencia las obligaciones a las que la regulación somete a las aseguradoras. Cosa de la que nuestro mercado viene adoleciendo y por lo cual hemos sufrido varias quiebras de empresas, que algunas después de varios años, aún no han resarcido a los afectados. Seguiremos con el tema en la próxima entrega.











