[dropcap]E[/dropcap]l pasado lunes 10 de septiembre, la Real Academia de las Ciencias de Suecia condecoró a los economistas Oliver Hart y Bengt Homstrom con el Premio Nobel de Economía, reconociendo sus importantes aportes en la materia de teoría de contratos.
En los últimos años, la disciplina de la economía se ha encaminado a estudiar temas de impacto económico práctico, es decir, no solo enfocarse en temas de macroeconomía como la inflación, la oferta monetaria y la tasa de cambio, sino también en temas de microeconomía aplicada para mejorar el funcionamiento de empresas e industrias.
En este sentido, la teoría de contratos ha sido una de las doctrinas de mayor influencia e importancia en la economía aplicada, y en particular ha tenido mucha incidencia en el análisis económico del derecho.
La teoría de contratos tiene dos grandes ramas, cada una de las cuales fueron impulsadas por uno de los dos galardonados con el Premio Nobel de Economía.
La primera rama, objeto de estudio de Oliver Hart, se orienta hacia el estudio de los contratos ante la realidad de que ninguna de las partes al mismo tienen información perfecta respecto al objeto del contrato, y la medida en que las partes dependen de normas supletorias para cubrir este vacío en la relación contractual.
Este análisis es llamativo pues en nuestro derecho –fundamentado en el romano– le da un tratamiento muy distinto a las normas supletorias que el derecho común –el cual se basa en el derecho anglo-sajón (common law)–. Esta teoría nos puede servir como base para analizar el porqué escoger una ley aplicable (por ejemplo, República Dominicana) frente a otra opción (Nueva York, para citar una posibilidad).
En cambio, la segunda rama, promovida por Bengt Homstrom, se enfoca en los incentivos de los ejecutivos de las empresas para generar los mejores resultados para la firma y sus accionistas. Con esta finalidad, los economistas recomiendan reconocer los incentivos (es decir, pago en base a resultados) para cada uno de los ejecutivos y gerentes de las empresas para alinear los intereses entre los accionistas y los empleados, los cuales son agentes de los primeros.
En sentido general, la teoría de contrato es útil pues nos da un marco general para analizar la forma en que se redactan y estructuran los contratos. Aunque la teoría no nos da respuestas definitivas ante todos los escenarios que se puedan plantear, la misma es una herramienta útil para la negociación de contratos, y muy especialmente los contratos en el ámbito público, como las concesiones.