La circular reciente del Ministerio de Administración Pública (MAP), donde se pretendía que los empleados del Estado informen si tienen contratos de servicios de electricidad y agua potable o los nombres de sus parientes a cargo en sus hogares, no solo rallaba en lo ilegal, sino que, además, carece de efectividad.
Ocurre que las empresas distribuidoras de electricidad y las corporaciones de acueductos tienen clientes a los cuales les suspenden el servicio cuando se atrasan en los pagos. Eso aplica para “todos” sus clientes, ya sean empleados o desempleados, públicos o privados.
De nada vale que el Estado verifique cuáles de sus empleados tienen esos contratos y si pagan o no el servicio, ya que, en caso de que no paguen, el servicio es cortado, no por su condición laboral, sino por el atraso que pudieran presentar. Otra cosa sería si, por ser empleado público, la empresa no puede cortarle el servicio, lo cual no es el caso. De ahí lo absurdo de la medida.











