• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Hemeroteca
Versión Impresa
elDinero Mujer
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados

Delito precedente como condición al lavado de activos

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
1 May, 2025
en EconoLegales
WhatsappFacebookTwitterTelegram

Recientemente, ha estado en la palestra pública la alegada invocación de parte del ministerio público de la Ley Contra el Lavado de Activos 155-17 para “congelar” activos de personas bajo investigación. Sin embargo, en esta discusión ha quedado a un lado la necesidad de un delito precedente para invocar las disposiciones de dicha ley, más porque resulta un tanto cuestionable referirse a una congelación preventiva de activos de un sujeto de una investigación en curso.

Como legislación relacionada y corolario a la Ley 155-17 está la Ley 340-22 sobre Extinción de Dominio, la cual fue producto de largos debates y discusiones entorno a su contenido y aspectos normativos. El proceso de extinción de dominio permite que el Estado confisque o decomise bienes producto de ilícitos, sin que necesariamente exista una condena penal, siempre que se encuentren presupuestos establecidos por esta legislación al respecto.

Aquí llegamos a una sentencia de la segunda sala (que tiene a su cargo los casos penales) de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que versa sobre los aspectos que deben evidenciarse para fundamentar una condena por lavado de activos. No solo por la importancia de la normativa en sí, sino también, como el lavado de activos es uno de los presupuestos más importantes respecto a la extinción de dominio, es valioso comentar esta sentencia.

La sentencia de la Suprema proviene de un recurso de casación (recurrir en una especie de apelación ante dicho tribunal una sentencia emanada por la corte de apelación) incoado por varias personas que habrían sido encausadas por estafa. El tribunal de primer grado los condenó bajo varias disposiciones legales, lo que dio lugar a una condena también por lavado de activos; pero la corte de apelación varió la calificación legal del delito, y aunque mantuvo la condena a los encausados, cambió la razón de la misma, y se mantuvo la condena por lavado de activos.

Los encausados, no satisfechos, recurrieron, entre otros aspectos, por la condena por lavado de activos ante la variación de la calificación de la condena. Básicamente, el argumento presentado era que el delito por el que fueron condenados por la corte de apelación no es delito precedente que da lugar a una condena también bajo la Ley de Lavado de Activos.

La SCJ acogió esta tesis en una sentencia muy interesante y que nos sirve de precedente y de ejemplo de cara a la implementación de la Ley de Lavado de Activos y también de la Ley de Extinción de Dominio. En primer término, la SCJ reiteró que el delito del lavado de activos es “autónomo”, es decir, el tribunal debe asegurar que se reúnan todas las condiciones de la existencia del delito para condenar a un acusado.

En este sentido, y en el aspecto más relevante, el tribunal declaró que las actividades “consideradas ilícitos deben ser el resultado de una actividad (…) revestida de gravedad”. De esta forma, la SCJ fija la posición de que un delito “cualquiera” no da lugar a una condena por lavado, sino que deben ser delitos “graves”. Igualmente, con esto se reitera el criterio de que debe existir un delito precedente para dar lugar a estas calificaciones jurídicas.

Archivado en: Lavado de activos
Publicación anterior

Etiquetado frontal en RD: un reto para la industria nacional

Siguiente publicación

La DGII tiene acceso a sus cuentas, sin secreto bancario

Jaime M. Senior Fernández

Jaime M. Senior Fernández

Otros lectores también leyeron...

Su cuenta bancaria es parte de su identidad. Cualquier irregularidad quedará registrada a su nombre. | Lésther Álvarez

El alto riesgo de prestar una cuenta bancaria para transferencias desconocidas

El mercado cambiario formal movilizó más de US$127,900 millones el año pasado. | Lésther Álvarez

Agentes de cambio formales cumplen normas contra el lavado de activos

Morales enfatizó la necesidad de mayores recursos financieros, humanos y tecnológicos en el Idecoop.

Idecoop: cooperativas requieren mejores prácticas y digitalización para combatir el lavado de activos

Los activos de las cooperativas representan alrededor del 10% del sistema financiero regulado.

Cooperativas tienen alto riesgo al lavado de activos

Los expertos internacionales que participaron del encuentro fueron Mariano Federici, de Estados Unidos; Tomas Koch y Mauricio Fernández, de Chile.

Comité contra lavado de activos y expertos internacionales sostienen diálogo estratégico de alto nivel

El presidente ejecutivo de Adosafi, añade que este no es un reto exclusivo de la República Dominicana, sino una realidad global en la industria de fondos.

Adosafi: prevención del lavado de activos es vital para el sector bursátil

Siguiente publicación

La DGII tiene acceso a sus cuentas, sin secreto bancario

Deje un comentario

Últimas noticias

Las grandes tecnológicas estadounidenses incrementaron sus inversiones en inteligencia artificial durante 2026.

Inversión en inteligencia artificial reduce liquidez de gigantes tecnológicos de EE.UU.

10 May, 2026
El phishing financiero enfocado en tiendas en línea y bancos sigue creciendo a nivel global.

Más de un millón de cuentas bancarias fueron comprometidas en 2025, alerta Kaspersky

10 May, 2026
Claudio Camaño destacó la necesidad de priorizar la tecnificación del riego en cultivos estratégicos para fortalecer la producción agrícola y optimizar el uso del agua.

Arroz consume casi la mitad de agua utilizada en la agricultura

10 May, 2026

“O Agente Secreto”, la gran triunfadora de los XIII Premios Platino

10 May, 2026

“Olivia & Las Nubes” gana Mejor Película de Animación en los Premios PLATINO 2026

9 May, 2026

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM, SAS
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Newsletter

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #536