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EconoLegales

Un nuevo ciclo de contrataciones públicas

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
12 February, 2026
en EconoLegales
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La entrada en vigor de la Ley 47-25 sobre contrataciones públicas marca el inicio de una nueva etapa en la relación entre el Estado dominicano y sus proveedores. Más que una actualización normativa, se inaugura un modelo que apuesta por mayor planificación, transparencia y trazabilidad en el gasto público. Sin embargo, junto con estos avances, emerge un elemento poco discutido: el costo de su cumplimiento para el sector privado.

Durante años, el sistema de compras públicas enfrentó cuestionamientos relacionados con fragmentación normativa, debilidad en la planificación contractual y riesgos de discrecionalidad administrativa. La nueva ley busca cerrar esas brechas mediante reglas más estrictas sobre programación de adquisiciones, evaluación de ofertas y ejecución contractual.

Uno de los cambios más relevantes es la formalización del proceso de planificación de compras. Los proveedores deberán adaptarse a cronogramas más estructurados, mayores requisitos y seguimiento contractual más rigurosos. Para empresas con estructuras administrativas limitadas, este nuevo esquema implica inversiones en sistemas, capacitación y asesoría especializada.

El cumplimiento en contrataciones públicas ya no se limita a presentar una oferta competitiva, ya que ahora implica controles internos robustos, trazabilidad financiera y mecanismos de prevención de conflictos de interés. Las empresas deberán adoptar modelos de cumplimiento similares a los exigidos en sectores altamente regulados, como el financiero o el de mercado de valores.

La transparencia, uno de los pilares de la Ley 47-25, introduce beneficios claros para el sistema, pero también exige ajustes operativos importantes. La digitalización de procesos, la publicidad de decisiones administrativas y el acceso a información contractual aumentan la rendición de cuentas. Sin embargo, también exponen a los proveedores a mayores riesgos reputacionales y a más escrutinio público.

Otro aspecto que merece atención es la ejecución contractual. La nueva ley fortalece mecanismos de supervisión, sanciones y resolución de controversias administrativas, por lo que incumplimientos técnicos, retrasos logísticos o errores documentales pueden generar consecuencias más severas.

Desde la perspectiva económica, el reto consiste en evitar que el aumento del estándar regulatorio reduzca la competencia. Si el costo de cumplimiento se vuelve excesivo, pequeñas y medianas empresas podrían quedar excluidas del mercado público, concentrando la contratación en actores con mayor capacidad administrativa.

Para el Estado, el éxito de la Ley 47-25 dependerá de la coherencia en su aplicación, y de cara a 2026, la contratación pública dominicana entra en una fase de madurez institucional.

No obstante, su verdadero impacto dependerá de la capacidad del sector privado para adaptarse y del compromiso estatal de aplicar reglas claras.

La Ley 47-25 redefine el juego de las compras públicas en el país. Cumplir ya no es solo una obligación legal, sino un requisito estratégico. En esta nueva etapa, la transparencia fortalece el sistema, pero exige a las empresas evolucionar hacia modelos de gestión más profesionales y sostenibles.

Archivado en: Contrataciones Públicas
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