La nueva Ley 30-26 del plan fiscal anticrisis del Gobierno le concede al Ministerio de Hacienda y Economía (MHyE) la facultad de objetar las solicitudes de exenciones o exoneraciones a favor de sectores económicos y empresariales.
En su Artículo 9, el paquetito fiscal modifica el Artículo 45 de la reforma fiscal de 2012 (Ley 253-12) para que el MHyE pueda solicitar al Poder Ejecutivo la objeción de cualquier exoneración que considere no calificada para los fines.
Originalmente, el Artículo 45 decía: “Las instituciones gubernamentales que administren leyes que contemplen exenciones o exoneraciones a favor de determinados sectores o grupos sociales deberán someter al Ministerio de Hacienda, previo el conocimiento de la solicitud de clasificación, el estudio de factibilidad para que se elabore un análisis costo beneficio de los incentivos que se otorgarán”.
Y más adelante, el mismo artículo agregaba: “El Ministerio de Hacienda deberá otorgar la no objeción para la clasificación de los beneficiarios de incentivos”.
Esta última parte de ese artículo fue eliminada y en su lugar se agregó un párrafo que dice: “Si a juicio del Ministerio de Hacienda y Economía una solicitud de clasificación no cumple con los requisitos para acceder a los incentivos fiscales, este deberá recomendar al Poder Ejecutivo, mediante informe técnico motivado, que objete la clasificación del solicitante como beneficiario de dichos incentivos”.
De esa forma, la labor del MHyE, que era de solo aceptar la solicitud de la exoneración fiscal, cambia para darle un carácter de decisión sobre si aplica o no esa exención, con lo que se incrementan los controles sobre ese tipo de concepciones, que cuestan cada año cientos de miles de millones de pesos al Estado.













