La promulgación de la Ley 30-26 de Medidas Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional consolida un cambio tributario de alcance significativo, caracterizada por una intervención amplia del marco legal vigente y por la incorporación de medidas concretas, cuantificables y focalizadas.
La normativa introduce modificaciones sustanciales en el sistema fiscal dominicano, impactando más de 20 leyes y reformando más de 40 disposiciones del Código Tributario.
Un cambio basado en cifras claras
La Ley 30-26 se distingue por incorporar parámetros específicos que permiten evaluar su impacto en términos reales:
- Incremento temporal del impuesto sobre la renta (ISR) al 30% para empresas con ingresos superiores a RD$1,000 millones, aplicable entre 2026 y 2028.
- Establecimiento de una tasa de 10% sobre ganancias de capital en la venta de inmuebles.
- Aumento de la tarifa de salida del país de US$20 a US$30 por pasajero.
Estas disposiciones reflejan un enfoque en la generación de ingresos a través de ajustes selectivos y medibles.
Segmentación de la carga tributaria
Uno de los ejes centrales de la ley es la diferenciación en el tratamiento tributario:
- Introducción de cargas adicionales temporales para grandes contribuyentes.
- Mantenimiento de condiciones más flexibles para segmentos productivos medianos y pequeños.
Este esquema refuerza un criterio de progresividad y distribución diferenciada de la carga fiscal, orientado a equilibrar sostenibilidad fiscal y capacidad contributiva.
Impulso a la formalización y simplificación
La ley amplía el alcance del Régimen Simplificado de Tributación (RST), facilitando el cumplimiento para empresas y contribuyentes individuales:
- Límite de ingresos de RD$30 millones para empresas.
- RD$60 millones en compras para comerciantes.
- RD$15 millones para profesionales independientes y productores agropecuarios.
Estas medidas buscan reducir la carga administrativa, incentivar la formalización y mejorar la eficiencia del sistema.
Nuevos componentes de tributación selectiva
La normativa introduce ajustes en impuestos específicos, incluyendo:
- 55% de impuesto selectivo a cigarrillos electrónicos y productos de vapeo, como parte de una política fiscal con componentes regulatorios.
Asimismo, se diversifican las fuentes de ingresos mediante ajustes en tasas asociadas a servicios y movilidad internacional.
Fortalecimiento institucional
La implementación de la Ley 30-26 involucra a múltiples instituciones clave, entre ellas:
- Dirección General de Impuestos Internos (DGII)
- Dirección General de Aduanas (DGA)
- Banco Central
- Tesorería de la Seguridad Social
- Ministerio de Hacienda
Este componente fortalece la capacidad operativa del Estado para ejecutar las disposiciones de la ley de manera coordinada.
La Ley 30-26 configura un modelo tributario caracterizado por:
- Alcance normativo amplio
- Medidas cuantificables y evaluables
- Segmentación de la carga fiscal
- Simplificación para contribuyentes
En conjunto, se posiciona como un paquete de medidas fiscales orientado a mejorar la eficiencia recaudatoria sin recurrir a aumentos generalizados de impuestos, apostando por un equilibrio entre sostenibilidad fiscal, competitividad económica y viabilidad operativa.













