Edesur, que lidera Radhamés del Carmen Maríñez, un técnico con capacidad probada en diferentes niveles del sector eléctrico dominicano, respondió a nuestra petición de información en cumplimiento de la Ley 200-04.
La solicitud fue la siguiente: lista completa de las empresas contratadas mediante licitación, procedimiento llevado a cabo en la contratación, tiempo y monto del acuerdo (cuando aplique), y qué costo implican los servicios que ofrecen esas empresas contratadas por Edesur, de manera detallada. Además, se le pidió en detalle cuánto se le ha pagado a estas empresas contratadas en los últimos tres años. Monto por empresa y por el servicio por el cual se les paga.
El documento, que será analizado y detallado en un trabajo periodístico más amplio, establece la admisión explícita de que muchas de las contrataciones no han sido el resultado estricto de procedimientos competitivos realizados al amparo de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios, Obras y Concesiones del Estado.
Estas irregularidades, encontradas por Del Carmen Maríñez, también se expresan en contratos de servicios que se mantienen en ejecución práctica a pesar de haberse vencido de pleno derecho su vigencia.
Además, y es quizá una de las situaciones más graves, la existencia de contratos en ejecución, cuya vigencia actual se sustenta en instrumentos carentes de validez jurídica y/o cumplimiento de la normativa aplicable en materia de compras y contrataciones públicas.
Y hay más. La comunicación, enviada al autor de esta columna, establece que hay servicios que han sido recibidos sin tener como base un contrato debidamente pactado entre la empresa y los contratistas, acreditándose su prestación mediante la simple presentación de facturas validadas por informes rendidos por las áreas responsables de su coordinación. ¿Qué debe hacer el gerente administrador de Edesur? Poner orden en la casa. Él es el responsable de todo lo que sucede ahí. ¿O no puede?











