Las estadísticas indican que más del 90% de las micro y pequeñas empresas que surgen en el país desaparecen antes de cumplir el primer año. Una de las razones de tanto fracaso en el emprendimiento de nuevas unidades productivas es la forma en que funciona nuestro sistema tributario.
Resulta que el reporte del ITBIS es preciso hacerlo cada mes y pagarlo a la DGII con base en lo devengado, no en lo percibido. Por ejemplo, una empresa consigue un contrato de venta de productos por alrededor de un millón de pesos mensuales, hace la factura cuando entrega la mercancía con un 18% de ITBIS, pero el comprador le dice que le pagará a 60 días, es decir, cada dos meses.
Resulta que ese pequeño empresario tendrá que reportar esa factura a la DGII antes del día 20 del mes siguiente y sin haber recibido el pago de la mercancía entregada, tendrá que pagarle al fisco 180 mil pesos correspondiente al 18% de ITBIS.
Es posible que los clientes le sigan comprando productos por igual valor mensual, pero no pagan a los 60 días, sino que se atrasan y vienen a pagar el primer mes al cabo de 90 días, cuando ya el pequeño empresario que suple la mercancía ha pagado a la DGII 540 mil pesos (180 mil x 3), con lo cual ya está descapitalizado, pues a eso hay que agregarle los gastos en que incurrió para producir la mercancía que vendió (pago de empleados con seguridad social incluida, material gastable, materia prima, pago de local, teléfono, transporte, electricidad y planta eléctrica y sus propios gastos, entre otros).
El problema podría resolverse si los pequeños empresarios tuvieran la oportunidad de pagar con base en lo percibido y no en lo devengado, es decir, pagar el ITBIS en el mes en que reciben el pago de la mercancía vendida y no cuando la facturan.
Pero el director de Impuestos Internos, Guarocuya Félix, dice con razón, que la institución no tiene mecanismos para llevar un control que le permita una recaudación efectiva si cobra con base en lo percibido y no en lo devengado.
El Gobierno ha planteado una solución parcial, consistente en que a los pequeños empresarios suplidores del Estado se les facilite el reporte de impuestos por lo percibido y no por lo devengado, un procedimiento que ya está diseñando la DGII para ponerlo en práctica en las próximas semanas.
El problema es que esa solución parcial es discriminatoria, pues sólo se daría esa facilidad a los pequeños empresarios cuando realicen negocios con el Estado y no cuando sus transacciones sean con el sector privado.
El amigo Félix reconoce que la medida puede tornarse discriminatoria, pero defiende el hecho de que es una “discriminación positiva”, ya que es en procura de resolver el problema aunque sea a una parte de los contribuyentes. Tiene razón el director de Impuestos Internos, pero por eso no deja de ser un privilegio sólo para los que negocian con el Estado, dejando al grueso de los pequeños empresarios, que en su mayoría son los que negocian con el sector privado y son a su vez los que llevan la mayor carga y mayor tendencia a quebrar por esa situación.
La simplificación tributaria es una tarea pendiente que tienen las autoridades si de verdad desean que se reduzca la informalidad, que haya más contribuyentes y que aumente la productividad en el país. Si no se hace nada, la situación mantendrá una lamentable tendencia a empeorar. El tiempo nos dará la razón.