• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Hemeroteca
Versión Impresa
elDinero Mujer
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados

Casos en los que puedes eliminar o disminuir el pago de anticipos de ISR

Rosa PascualPorRosa Pascual
19 July, 2018
en Adentro del mercado
WhatsappFacebookTwitterTelegram

El Código Tributario dominicano (CTD) fue promulgado en 1992. A pesar de los años que han pasado, el mismo contiene diversas disposiciones en favor de los contribuyentes, que no son ampliamente conocidas. Un ejemplo de ello es la posibilidad de aprovechar las pérdidas fiscales en un ejercicio fiscal o la posibilidad de disminuir o eliminar el pago de las cuotas de anticipo del impuesto sobre la renta (ISR).

Por ejemplo, todos conocemos sobre la obligación de pago de anticipos, la cual está consagrada en el artículo 314 del CTD. Sin embargo, es poco conocido lo dispuesto en el párrafo IV de dicho artículo:

Párrafo IV. Los contribuyentes que demuestren una reducción significativa de sus rentas en el ejercicio corriente podrán solicitar, por lo menos quince (15) días antes del vencimiento, la exención total o parcial de efectuar el anticipo previsto en este artículo. La Administración Tributaria podrá acoger esta solicitud siempre que, a su juicio, existan causas de fuerza mayor o de carácter extraordinario que justifiquen la imposibilidad de realizar dichos pagos.

Es decir, que cuando un contribuyente ha sufrido cambios extraordinarios o significativos en su negocio, ya sea por causa de fuerza mayor o situaciones extraordinarias (como por ejemplo fenómenos atmosféricos, derrumbes, incendios…) por lo cual espera tener una baja significativa en su rentabilidad y, en consecuencia, en el impuesto a pagar para ese año fiscal, tiene la posibilidad de solicitar la exención total o parcial del pago de anticipos.

La solicitud se debe realizar al menos 15 días antes de la fecha límite de pago del anticipo mensual. Claro está, la aprobación de la eliminación de los anticipos, ya sea total o parcial, recae sobre la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a la cual habrá que aportar documentación probatoria del caso.

Este caso fue utilizado por el sector agropecuario en el año 2007, ya que las cosechas se vieron significativamente afectadas por las tormentas Olga y Noel. Estas tormentas afectaron al país en octubre de 2007 dejando daños por más de RD$14 mil millones, según datos publicados en la prensa nacional, siendo el sector agropecuario el que recibió los mayores impactos.

Otros casos

El literal d) del artículo 287 del CTD, dispone que “Los daños extraordinarios que, por causas fortuitas, de fuerza mayor o por delitos de terceros, sufran los bienes productores de beneficios, se considerarán pérdidas, pero estas deberán ser disminuidas hasta el monto de los valores que por concepto de seguros o indemnización perciba el contribuyente. Si tales valores son superiores al monto de los daños sufridos, la diferencia constituye renta bruta sujeta a impuesto”.

En otras palabras, cuando los activos que nos ayudan a producir el ingreso sufren daños extraordinarios, ya sea por fenómenos atmosféricos o por daño de terceros, dichos daños deberán ser cuantificadas y consideradas como pérdidas admitidas para fines fiscales. Si las indemnizaciones que pague el seguro para cubrir los daños son superiores al monto cuantificado, el excedente se considera como un ingreso sujeto al pago de impuestos por parte del contribuyente. No obstante, existe la posibilidad de solicitar a la DGII que este ingreso extraordinario no sea tomado en cuenta para fines del nuevo cálculo de anticipo de ISR, por tratarse de un ingreso ajeno a las operaciones recurrentes del negocio.

Archivado en: anticiposImpuestosISR
Publicación anterior

El “yo” de la economía, ¿realidad o pesimismo?

Siguiente publicación

El desafío de reducir el plástico de un solo uso

Rosa Pascual

Rosa Pascual

Otros lectores también leyeron...

Después del cierre fiscal: claves para una gestión inteligente post-declaración del ISR

Para el año 2024, de acuerdo con el informe de la SB, los bancos se ganaron RD$99,823 millones y pagaron de impuestos RD$14,504 millones.

Ganancias de bancos en 2025 creció 2.2%, pero su aporte en impuestos bajó -20%

Díaz resaltó la importancia de que el Gobierno mejore las recaudaciones a través de medidas administrativas, lo cual, reduciría la evasión fiscal.

Gobierno evaluaría eliminar impuestos al ahorro, seguros de vida y anticipo de mipymes

La Ley 5-13 sobre Discapacidad en República Dominicana establece cuotas de inclusión laboral de personas con discapacidad.

Senador dice hay falta de voluntad política para cumplir cuota laboral de personas con discapacidad

Los impuestos: una función que trasciende la mera recaudación

El Gobierno incrementó el impuesto de renta para las "personas jurídicas del sector financiero", que hoy tiene "una sobretasa del 5%" y que busca aumentar al 15%.

Gobierno de Colombia prevé recaudar US$2,950 millones en 2026 con nuevos impuestos por emergencia económica

Siguiente publicación

El desafío de reducir el plástico de un solo uso

Deje un comentario

Últimas noticias

El destino de los accidentes de tránsito no termina en la carretera

25 May, 2026
Ernesto Martínez destacó el papel estratégico del comercio en la economía nacional.

ONEC anuncia índice para evaluar desempeño y confianza del comercio en RD

25 May, 2026
La certificación valida procesos de inspección de isotanques para productos alimenticios y químicos.

ODAC refuerza controles en inspección de mercancías con acreditación a Maridom

25 May, 2026
El centro médico reafirma estándares internacionales de calidad y seguridad del paciente.

Hospital IMG logra reacreditación norteamericana consolidando su liderazgo en salud

25 May, 2026
El ITLA desarrolla proyectos para la creación de un Hub Nacional de Inteligencia Artificial Universitaria.

ITLA avanza transformación institucional enfocada en IA, semiconductores y fortalecimiento académico

25 May, 2026

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM, SAS
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Newsletter

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #538