La Ley de Prevención de Lavado de Activos, muy controvertida cuando se aprobó en julio de 2017, marcó un antes y un después en la normativa en la materia en nuestro país, principalmente debido a los cambios radicales que impone respecto a las responsabilidades de los sujetos obligados y la prohibición de realizar ciertas operaciones comerciales con efectivo.
La ley resultó de un requerimiento del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) respecto a las modificaciones requeridas al régimen legal de prevención al lavado de activos en el país. Es decir, no fue aprobada debido a una exigencia de los sectores productivos nacionales, sino más bien debido a una exigencia internacional.
El GAFI, que tiene como objeto promulgar un marco internacional de las normas de prevención de lavado de activos, ha publicado 40 recomendaciones para crear el ámbito legal que requiere cada país para adaptar sus regulaciones a estándares internacionales. Nuestra nueva ley de prevención de lavado de activos fue promulgada para que nuestra normativa fuera cónsona con dichas recomendaciones.
Las consecuencias que las normas legales de un país no se encuentren conformes a las 40 recomendaciones pueden ser graves para la economía. En caso de que el país quede colocado en la “lista negra” de naciones que incumplen con las normativas requeridas, pueden quedar excluidos del sistema financiero internacional.
A modo de ejemplo, recientemente se publicó una reseña periodística sobre las Islas Marshall, un archipiélago en el Océano Pacífico, que ha quedado sin acceso al sistema financiero internacional. Hasta hace poco, su único vínculo con el mismo era a través de un banco corresponsal en Hawái, pero debido a las exigencias de cumplimiento internacional, quedó sin este vínculo.
Para las Islas Marshall, esto implica que sus bancos locales no pueden emitir tarjetas de crédito, no cuenta con dólares en efectivo y no puede canjear cheques en moneda extranjera. Es decir, la economía ha quedado prácticamente inhabilitada para formar parte de la economía del Siglo 21.
Para un país como República Dominicana, no es posible pensar en perder el acceso al sistema financiero internacional, el cual podría implicar la pérdida de importantes fuentes de ingresos como las remesas, el turismo, las zonas francas de exportación, entre otras. En fin, debemos colocar la nueva ley de lavado de activos en el contexto que merece: necesaria para el buen desenvolvimiento económico de nuestro país.








