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EconoLegales

Una Ley de Alianzas Público-Privadas

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
31 enero, 2019
en EconoLegales
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Las alianzas público-privadas se refieren a aquellos acuerdos mediante los cuales un ente del sector privado administra y utiliza un bien del Estado con una finalidad comercial. En la actualidad, las concesiones de bienes públicos, como por ejemplo, los aeropuertos o carreteras, son ejemplos de tipos de alianzas público-privadas (APPs) en nuestro país.

El gran beneficio de las APPs es que, mediante las mismas, se crea un mecanismo para satisfacer las exigencias de infraestructura y crecimiento de nuestro país, sin hacer uso de los escasos recursos públicos. Esto tiene la ventaja de que se pueden construir obras de infraestructura de primera línea, sin disponer de recursos públicos y aumentar la deuda pública, sino que se tercerizan los riesgos en base a las exigencias del mercado.

Por ejemplo, en caso de que sea deseable una nueva carretera entre dos puntos del país, si el Estado no cuenta con los recursos para construirla, puede concederla mediante una APP para que el ente comercial la construya, a cambio del derecho de cobrar un peaje.

Otro ejemplo sería la creación de un nuevo puerto, el cual, en vez de requerir la inversión de cuantiosas sumas y de ejecución de un proyecto técnico, se puede delegar en entidades del sector privado que cuentan con la experticia para hacerlo.

Nuestro país cuenta con un proyecto de ley que actualmente cursa en el Congreso Nacional para establecer un marco legal claro y detallado sobre las APP. Entre otros aspectos, el proyecto establece un Consejo Nacional para evaluar las APPs, y la posibilidad de que las mismas sean propuestas tanto por el sector público como por el sector privado.

A su vez, prevé la distribución de riesgos de ejecución del proyecto de que se trate entre los sectores públicos y privados, de tal modo que se le garantice un retorno al sector privado, pero a su vez, que éste asuma un riesgo de ejecución.

No obstante, es importante aclarar en la iniciativa legislativa la posibilidad de ceder en garantía el proyecto, con la finalidad de obtener financiamiento para la ejecución del mismo, un elemento verdaderamente esencial para el éxito de las APPs.

República Dominicana es uno de los pocos países en Latinoamérica que no cuenta con un marco legislativo en materia de APPs, y aunque tenemos la dicha de contar con infraestructura privilegiada, no es menos cierto que para continuar avanzando, nuestro país requiere de cuantiosas inversiones. En este sentido, las APPs son un importante instrumento con esta finalidad, por lo que urge aprobación del proyecto de ley.

Archivado en: Alianzas Público-Privadas
Jaime M. Senior Fernández

Jaime M. Senior Fernández

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