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Adentro del mercado

APA, herramienta fiscal provechosa y poco utilizada

Rosa PascualPorRosa Pascual
14 marzo, 2019
en Adentro del mercado
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APA no es un acrónimo que se conozca o aplique ampliamente en República Dominicana, sin embargo, es una herramienta que puede llegar a ser muy provechosa para las empresas que forman parte de un Grupo Económico. APA se refiere a un Acuerdo de Precios Anticipados que pueden firmar empresas o sectores económicos con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a fin de pactar por adelantado, los precios y márgenes de rentabilidad por lo que estarían tributando en los próximos años.

Esta herramienta está atada al régimen de precios de transferencia que menciona el artículo 281 del Código Tributario Dominicano (CTD) ya que es posible identificar los precios o rentabilidades de mercado de las transacciones o actividades económicas realizadas con entidades relacionadas, mediante la aplicación de uno o varios de los métodos de precios de transferencia en base a las Guías de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Al determinar de una manera razonable los precios o rentabilidad de mercado de las transacciones, es posible acordar con la DGII, la base tributable del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e incluso del Impuesto Sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). Como se ve, un APA puede ser una herramienta de simplificación tributaria que por el momento solo disfruta el sector hotelero.

Desde la promulgación de la Ley 11-92 es posible pactar APAs, solo que estaba limitado a ciertos sectores económicos tales como sector seguro. Sin embargo, desde el año 2012, con la promulgación de la Ley 253-12, esta posibilidad se abrió a todos los contribuyentes.

Las ventajas de contar con un APA son que 1) simplifica la tributación del ISR y del ITBIS, 2) su vigencia por lo general es de varios años 3) Al ser determinado mediante la aplicación de los métodos de precios de transferencia, puede servir como herramienta de planificación fiscal ya que la tributación de “ajusta” a los valores de mercado, que si no lo conocemos pueden ser mayores y hacernos pagar mas impuestos de lo necesario.

Para solicitar un APA, mas recomendable aun si se hace a través de un gremio, solo se debe depositar en la DGII la propuesta del contribuyente, la cual debe contener los detalles de los factores de comparabilidad, funciones relevantes, selección del método, entre otros elementos necesarios en el análisis de precios de transferencia. La propuesta de solicitud el APA puede ser aceptada, rechazada o modificada por la DGII, sin que la respuesta pueda ser recurrible.

Archivado en: Acuerdo de Precios AnticipadosAPADGIIImpuestos
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