[dropcap]L[/dropcap]a Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) tiene siete años de haber sido creada mediante la Ley 42-08. Sus funciones son de vital importancia, pues tiene el mandato de velar por las buenas prácticas de las empresas, evitar los monopolios y oligopolios, así como las posiciones de abuso de poder comercial de las organizaciones.
Su composición consta de un Consejo Directivo y una Dirección Ejecutiva que es imprescindible para su funcionamiento, previa aprobación de su reglamento de aplicación legal.
Pero ProCompetencia no ha podido aplicar las debidas competencias que dieron origen a su creación.
Corresponde al Senado de la República completar tres de los cinco miembros de su Consejo Directivo, que ya cesaron en sus funciones.
Los procedimientos de esta ley establecen que el Poder Ejecutivo, es decir, al Presidente de la República, debe designar al Director Ejecutivo, que es quien tiene a su cargo la operatividad efectiva de ProCompetencia, ya que es el autorizado a recibir y procesar los expedientes que lleguen a la institución por prácticas desleales.
En forma adicional, el reglamento de aplicación de la Ley, que ya fue redactado con el previo consenso de representantes de sectores económicos del país, no se puede remitir al Poder Ejecutivo para su promulgación hasta que el Senado complete el Consejo Directivo, previo envío del propio Poder Ejecutivo de la propuesta de miembros a ser designados.
Presupuesto
ProCompetencia tiene un presupuesto asignado para este año de RD$141.8 millones, su personal recibe salarios altamente “competitivos”, pero sus acciones se han limitado a realizar talleres y seminarios tendentes a crear una “cultura” de competencia en el país.
La institución se mantiene inactiva, debido a que el Poder Ejecutivo ha mostrado poco interés en los procedimientos previos para que el Senado complete los miembros del Consejo -los que vencieron en sus funciones siguen activos con salarios de RD$416,667 mensuales-, como paso previo para presentar el reglamento y proponer al Director Ejecutivo.
La designación de los miembros del Consejo Directivo de ProCompetencia está definida en Artículo 26 de la Ley 42-08.
Son cinco miembros a ser nombrados por el Congreso Nacional, provenientes de una propuesta de 10 candidatos que les presenta el Poder Ejecutivo.
Cinco de los 10 candidatos son remitidos al Senado de la República para que designe a tres miembros por un período de dos años.
Las cinco personas propuestas restantes van a la Cámara de Diputados para escoger a dos que durarán en funciones cinco años.
Los miembros que están cesantes actualmente son los designados por el Senado, que ya terminaron su vigencia y deben ser sustituidos, pero con base en la lista que debe remitirle el Poder Ejecutivo.
En cuanto a la Dirección Ejecutiva, el Artículo 33 de la Ley 42-08 establece: “La Dirección Ejecutiva estará a cargo de un Director Ejecutivo nombrado por el Poder Ejecutivo de una terna presentada por el Consejo Directivo, quien tendrá la función principal de instruir y sustanciar los expedientes; administrar y coordinar las actuaciones operativas y ser fedatario de los actos oficiales de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia”…
En espera
Michelle Cohen, presidenta del Consejo de ProCompetencia, informó la semana pasada que mantiene la esperanza de que en esta legislatura el Senado se aboque a designar a los miembros del Consejo para poder dar paso a la operatividad efectiva de esa institución.
Mientras, desde el sector empresarial no ha habido mucha manifestación de interés en que esta entidad llamada a velar por la libre y leal competencia sea operativa; solo la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) alzó su voz de preocupación por la tardanza para poner en operación a una institución que recibe una partida presupuestaria anual y tiene el personal técnico designado, pero sin hacer nada más que cobrar altos salarios, hasta que la burocracia de los poderes Ejecutivo y Legislativo den paso a completar los procesos pendientes.
Ley 42-08 data de 2008, pero el primer Consejo Directivo se creó el 29 de junio de 2011 en la gestión de Leonel Fernández. Ese Consejo lo conforman en la actualidad Michell Cohen, presidenta, y los miembros Luisa Esther Aristy Caraballo, María Magdalena Gil Pérez, Antonio Rodríguez Mansfield y Leida Rosario del Milagro Reyes. Tres vencieron el período legal de sus funciones y deben ser sustituidos o ratificados por Senado.
La misión fundamental de ProCompetencia es promover y defender la competencia en los mercados de bienes y servicios, haciendo lo posible para que todas las empresas que quieran entrar y competir en el mercado puedan hacerlo sin sufrir barreras para entrar o prácticas anticompetitivas de empresas ya existentes.
ProCompetencia es una de las cuatro entidades llamadas a completar el Ordenamiento de Mercado en República Dominicana.
La Ley 42-08 tiene su origen en el primer anteproyecto de Ley del año 1997. Esa pieza formaba parte del denominado Código de Ordenamiento del Mercado, el cual incluía varias leyes, pero fue desmembrado porque las legislaciones se fueron aprobando una a una.
Fue así como surgió la Ley 20-00 que creó la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (Onapi), también se aprobó la Ley 1-02 sobre Prácticas desleales de Comercio y Medidas de Salvaguarda, que motivó la creación de la Comisión de Defensa Comercial (CDC) y posteriormente se aprobó la Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor que dio origen a la creación de ProConsumidor.
La cuarta institución para completar el Ordenamiento de Mercado es ProCompetencia, que tras siete años de existencia es la única que no opera, pues al día de hoy no ha conocido ni procesado ni un solo expediente relacionado con las funciones que está llamada a realizar.
Más funcionales
En el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos de este año, la CDC tiene una asignación de RD$61.8 millones. Su presidente Iván Gatón percibe un salario de RD$200,000 mensuales y los cuatro comisionados adicionales devengan RD$165,000 cada mes.
En tanto que ProCompetencia tiene para este año un presupuesto de RD$141.8 millones, y a pesar de que todavía no realiza funciones, su presidenta, Michelle Cohen, tiene un salario de RD$500,000 mensuales, mientras los cuatro comisionados restantes devengan RD$416,667 cada mes.
La partida presupuestaria de ProCompetencia es mayor a la que recibe el Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor), que es de RD$139.5 millones para este año y su directora ejecutiva, Altagracia Paulino, devenga un sueldo de RD$187,500.
La cuarta entidad que conforma el Ordenamiento de Mercado es la Onapi, que si bien tiene el mayor presupuesto (RD$306 millones), sólo recibe RD$30 millones del erario, pues genera con recursos propios RD$276 millones. La directora general de Onapi, Ruth Alexandra (Sandy) Lockward Reynoso, tiene un salario de RD$325,820 mensuales.
De las cuatro instituciones, ProCompetencia es la que exhibe los salarios más elevados en su personal.